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S
sanben
26/01/2008 13:45

indemnización por retraso

1.714 lecturas | 14 respuestas
Hola, he leido en la nueva página de la asociación de vecinos que Yolikis dice que grupo lar nos va a indemnizar por el retraso en la entrega. Nosotros no teniamos ni idea, nos puedes informar?
Gracias.

Un saludo.
 
C
corocota
20/05/2008 08:20
He oído que la promotora no se va a hacer cargo de los retrasos porque dice que son culpa del ayuntamiento.
¿hay algún abogado entre nosotros que nos pueda explicar cómo defendernos?

Si en el momento de escriturar yo doy un talón bancario al promotor y este por culpa del banco tiene problemas para cobrarlo, ¿vosotros creéis que me dejarían escabullirme diciendo que la culpa es del banco?

¿todos habéis pagado vuestras cuotas? ¿Alguien ha podido entrar a vivir en la casa que por contrato tenemos desde hace seis meses?
 
S
sanben
15/02/2008 18:31
Después de leer el contrato yo entiendo que no hay que solicitar ninguna indemnización antes de la escritura.
Ellos descontarán dicha indemnización del precio que tenemos que escriturar.

Muchas gracias a todos por las explicaciones.

Un saludo.
 
Y
YOLPAC
15/02/2008 08:38
En un principio , yo segun este escrito no voy a notifinar nada, entiendo que antes de la escritura me dirán el nuevo importe a escriturar, el cual sera menor porque debe descontar la indemnizacion.

Adjunto el parrafo del contrato:

En caso de optar por la prórroga, la Adquirente, cada tres meses, volverá a tener la posibilidad de optar por una nueva prórroga o por la resolución, en las mismas condiciones. La falta de comunicación al respecto significará una prórroga tácita en los plazos y condiciones indicados

En el caso de producirse una de las prórrogas antes mencionadas, la Promotora abonará a la Adquirente una indemnización cifrada por todos los daños y perjuicios causados por el retraso, siempre que ésta no optara posteriormente por la resolución del contrato. La indemnización total se calculará sobre un importe obtenido de la siguiente formula
(4 % sobre el precio de adquisición de la/s Unidad/es Inmobiliaria/s : 12 x numero de meses de duración de las prorrogas = indemnización cifrada por daños y perjuicios del retraso),
A efectos del computo de meses, los periodos de tiempo inferiores que no llegaren al computo de un mes completo se contabilizarán a prorrata del total, sobre la base de un mes de treinta días.

La liquidación de esta indemnización se efectuará en el momento de otorgamiento de la escritura publica de compraventa, y su importe será detraído de la cantidad pendiente de pago por la Adquirente.

Un saludo
 
M
MIG26
14/02/2008 19:27
yolpac,

si rescindes el contrato te vas a quedar sin la casa, porque lo que haces con la rescisión es romper el compromiso que la promotora tiene contigo, a cambio de devolverte las aportaciones más una indemnización.

Saludos.
 
Y
YOLPAC
14/02/2008 18:58
la indemnizacion entiendo que la tengo que solicitar unos dias antes de escriturar, por el importe total del retraso.
Yo entendí que tenia hasta el 15 de febrero para rescindir el contrato , y solicitar la indemcizacion por incumplimiento de contrato.

Al sabe algo mas.
Puedes poner el contenido del burofax?????????
el burofax hay que enviarlo con acuse de recibo y contenido, para que sea efectivo.

Por cierto , he solicitado la division horizontar en la promotora , para que la estudien en el banco y todavia no me la entregan.
Estoy mirando los banco, y hay mucha diferencia con bancaja por los gastos. Alguien ha conseguido algo mejor que lo de bancaja, teniendo en cuenta los gastos????????

Gracias.
 
F
FAMGONSI
14/02/2008 18:57
mig26 llevas toda la razón. La indemnizacion la podremos solicitar cuando nos vayan a entregar las viviendas.
 
M
MIG26
14/02/2008 18:17

vamos a ver. En el contrato dice claramente que, en caso de retraso, el comprador podrá optar por la rescisión del contrato o permitir aplazamientos de tres en tres meses, con la indemnización correspondiente. Entonces, salvo que se quiera rescindir el contrato, lo del plazo es lo de menos.

O por lo menos así lo entiendo yo.

Un saludo a todos
 
S
sanben
14/02/2008 16:12
15 días? Madre mía si mañana acaba el plazo.

Qué hay que poner en el burofax?

Gracias.
 
R
rubeco
12/02/2008 12:20
Hola Yolikis.
Ayer envie el burofax certificado a la Promotora. A mi del talón al que tu haces referencia no me dijeron nada. Esperaré a ver si me dicen algo cuando lo reciban y si tengo alguna noticia nueva te lo digo.
Gracias una vez más por todas las cosas que aportas a este Foro.
 
Y
yolikis
31/01/2008 22:17
HOLA RUBECO.
YO TAMBIEN LLAME ESTA SEMANA A LA OFICINA DE LAR Y ME DIJERON LO MISMO QUE A TI, PERO CON LA DIFERENCIA QUE NOS DARIAN UN TALON CON EL IMPORTE DE LA INDEMNIZACION.
CON RESPECTO A LO DE RECLAMAR....EN EL CONTRATO YA ESTA BIEN CLARO TODO LO RELATIVO A LA INDEMNIZACION Y NO CREO QUE CAMBIEN NADA.
UN SALUDITO A TODOS LOS VECINOS.
 
R
rubeco
31/01/2008 16:18
Muchas gracias Sanben, llame ayer tarde a la promotora, me dijeron, que el día que me notifiquen la fecha para escriturar, debo mandar un escrito a las oficinas del Grupo Lar, reclamando la indemnización por retraso en la entrega y que en el mismo acto se me descontará el importe al valor de la vivienda. Pienso que si se deja para tan lejos, dispondré de poco tiempo para presentar cualquier reclamación que pudiera surgir.
¿Sabes si alguien ha presentado dicho escrito ya y como le ha ido?
 
S
sanben
28/01/2008 20:58
Muchas gracias por la información. En nuestro contrato pone que la fecha de entrega es octubre del 2007 y también pone todo lo de la indemnización.
Lo que a mí me preocupaba es que como en el contrato dice que se indemnizará siempre y cuando el retraso sea culpa de la promotora... ya sabes como son estas cosas, que al final la culpa no es de nadie.
Ya veremos lo que pasa.
De todas maneras rubeco creo que lo mejor es que llames y les preguntes a ellos la manera de tramitar.

Un saludo.
 
R
rubeco
28/01/2008 14:03
Hola Yolikis, me gustaría, me comentaras los tramites que hay que hacer para tramitar la indemnización por retraso en la entrega. Muchas gracias de antemano.
 
Y
yolikis
27/01/2008 19:57
Hola samben.
Con respecto a la indemnización por retraso te cuento. No se si es tu caso, pero en mi caso concreto y creo que el de mas propietarios, firmamos un contrato donde se especificaba que el pasado mes de julio tenían que habernos entregado nuestro adosado y que en el caso de retraso se nos recompensaría con una suma de dinero mensual.
Esta suma asciende a unos 600 euros mensuales (pero hay vecinos que percibirán más ya que esa cuantía va en proporción de lo que costase cada adosado en el momento de su compra).
Además de esto en el contrato que firmamos ponía también que a partir de julio grupo lar tenía por ley 3 meses de prorroga para terminar la obra. Con lo cual tenían hasta octubre como fecha máxima para entregar las viviendas sin tener que indemnizarnos pero como ya sabes que no ha sido así………..pues a pagar noviembre, diciembre, enero, febrero….. Pero como te digo eso lo especificaba mi contrato de compraventa, revisa el tuyo por si es así también. Espero haberte ayudado.
Un saludito a todos los vecinos.
 

Fin del hilo
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