Solamente añadir que ánimo con tu empeño de poder alquilar en esas condiciones que comentabas, que parece ser no están recogidas.
No obstante decirte que yo firmé sabiendo ya las novedades del nuevo plan regional de vivienda, por tanto las trabas para el alquiler de la vivienda no me supone nada dramático, precisamente porque no entraban en un horizonte ni próximo ni lejano dentro de mis planes.
En cambio como ya te he dicho, ánimo a ver si puedes sacar petroleo de tu particular situación.
Y referente a las preguntas planteadas, por fín hemos resuelto el problema de la disquisición que manteniamos, yo hablaba esencialmente de poder vender pasados 10 años una VPT sin traba administrativa alguna (que carezca de ayudas ADE y prestamos subvencionados), y/o hacerlo antes de esos 10 años con prioridad de compra para la JCCM, cumpliendo unos requisitos extra -legales- (por condicionantes personales o laborales). En cambio parece que tú te centrabas en la imposibilidad de alquilar.
De todos modos parece que no estamos ni vamos a estar de acuerdo en la interpretación y el uso extensivo que tu haces del término VPO, VPT o viviendas con algún tipo de protección, con o sin ADE o prestamos subvencionados, que como ya hemos resuelto nuestra discrepancia se centraba aquí. Yo seguiré manteniendo que no es lo mismo una VPT que una VPO si de venta hablamos...................Y que las restricicones mas gravantes se encuentran precisamente en la disposición de obtener ADE y prestamos cualificados subvencionados -vamos los prestamos envenenados que se ofrecen solo a las VPOs-
Por otro lado es lógico que haya una diferencia (1) -si de venta hablamos- en favor de los compradores de una VPT (cuya adquisición no ha lugar a ayudas tipo ADE ni prestamo subvencionado alguno), sobre los compradores de VPO que si disfrutan de hasta 25000 € de ADE y prestamos con ayudas por valor de 80-100€ al mes en hipotécas subvencionadas, que lógicamente serán más limitados a la hora de querer disponer para terceros en alquiler o venta.
(1) diferencia, que es la que particularmente no saben interpretar la mayoría de técnicos de la administración que se dedican a trabajar bajo el auspicio de la administración publica y que generalmente me produce vergüenza ajena..........pero ese es otro cantar.
Nos hemos liado y parece que no necesariamente hablabamos de lo mismo.
Si el alquiler era tu problema esencial y no la venta, ya me cayo, pero si de venta hablamos; almenos en una VPT ésta, está asegurada de un modo u otro, así que no tengáis resquemor que no nos han estafado.
Un saludo y perdón por la chapa.........
Editado por AM1414 09/05/2011 20:00
Editado por AM1414 09/05/2011 20:03