Volver al foro
J
jrgvod
09/01/2009 14:40

Problemas con hipotecas

¿Es justo que nos rebajen el precio si los garajes valen menos de lo fijado en su día?

743 lecturas | 7 respuestas
Hola,

Os comento que hace unas semanas llamé a acta y me comentaron que están esperando que el bbva transforme la hipoteca de libre a protegida, y por eso se está retrasando la próxima reunión.

Estos problemas se los están encontrando con otras entidades financieras en otras promociones, asi que es un tema genérico en estos momentos de crisis.

Lo que si que me llamó la atención, es que ahora parece que los garajes el banco los están valorando por menos del precio que vamos a pagar, asi que el banco es posible que no nos de una hipoteca del 80% del precio, que es lo que estaba planificado.
Si esto se confirma se tendrán que hacer pagos extras a lo largo de este año.

Mi duda es, y me pareció algo fuerte comentarselo, a parte de es de esperar su respuesta. Si actualmente esos garajes valen menos del precio que fijaron en su dia, ¿no sería justo que nos rebajaran el precio?

Saludos,
Jorge

PD: Vaya nevada!!!! Esta mañana estaba cortada la NII hasta alcalá de henares, asi que si se repite en un futuro, nos afectará :)
 
KAZALLA
KAZALLA
09/03/2009 12:48
Las ayudas disponibles para la adquisición de una Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado para familias numerosas son las siguientes:



Cheque Vivienda

Consiste en una subvención denominada Cheque-Vivienda Venta, por una cuantía del 7% del precio de venta de la vivienda (que deberá ser inferior al Precio Máximo Legal de Venta).

Requisitos

Los ingresos familiares no deben superar 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), a fecha de solicitud del Cheque-Vivienda, y que dichos ingresos representen al menos un 8% del precio de venta total de la vivienda.

Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva.
Limitaciones

La vivienda no podrá transmitirse intervivos durante el plazo de 5 años desde su percepción, sin recabar autorización de la Consejería y previo reintegro de la subvención más los intereses legales correspondientes.


Préstamos convenidos

Son préstamos con garantía hipotecaria concedidos por determinadas entidades financieras que han firmado convenio con el Ministerio de Vivienda.

Características

Sin comisiones.

Tipo de interés efectivo anual inicial acordado por el Consejo de Ministros. La cuantía de dicho tipo es del 5,09%.

Cuotas constantes mientras no varíe el tipo de interés a aplicar.

Cobertura de hasta el 80% del precio de adjudicación (o del valor de la edificación más el valor del suelo, que figurará en la escritura de declaración de obra nueva, en el caso de promoción de viviendas para uso propio), y de hasta el 80% del precio máximo del garaje y trastero, en el caso de que estuvieran vinculados en proyecto y registralmente a la vivienda.

Plazo de amortización de 25 años, o mayor previo acuerdo con la entidad prestamista.
Requisitos

Los ingresos familiares no pueden superar 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) podrán solicitar el préstamo convenido.

La superfice útil de la vivienda no puede superar 120 m2 útiles.

Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva.

No haber obtenido ayudas financieras para la adquisición de vivienda procedentes de planes estatales de vivienda durante los 10 años anteriores a la solicitud.
Limitaciones

La duración del régimen legal de la vivienda será de 30 años, a contar desde la fecha de la calificación definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.

La vivienda no podrá transmitirse intervivos ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo de 10 años desde la fecha de formalización de la adquisición, salvo excepciones.

El precio máximo de venta de la vivienda, por metro cuadrado de superficie útil, en segundas y posteriores transmisiones, será el resultante de la actualización del precio de venta inicial (mediante la aplicación de la variación porcentual anual del Índice de Precios de Consumo) registrada desde la fecha de la adquisición hasta la de la segunda o posterior transmisión de que se trate, multiplicado por un coeficiente que será igual a 1,5.
Subir >


--------------------------------------------------------------------------------
Ayudas a la adquisición de Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado
 
KAZALLA
KAZALLA
09/03/2009 12:46
He notado que a la mitad de los socios les sono ha chino lo del prestamo a tal interes o lo de los 30 años sin poder cambiar la tipologia de cada vivienda....
Aqui os dejo toda la informacion que he encontrado......
Ayudas a la adquisición de Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado
Las ayudas disponibles para la adquisición de Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL) son diferentes en función de si el adquirente es titular o no de una familia numerosa.



1. Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado >

2. Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado para familias numerosas >



Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado



Las ayudas disponibles para la adquisición de una Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado son:



Préstamos convenidos

Son préstamos con garantía hipotecaria concedidos por determinadas entidades financieras que han firmado convenio con el Ministerio de Vivienda.

Características

Sin comisiones.

Tipo de interés efectivo anual inicial acordado por el Consejo de Ministros. La cuantía de dicho tipo es del 5,09%.

Cuotas constantes mientras no varíe el tipo de interés a aplicar.

Cobertura de hasta el 80% del precio de adjudicación (o del valor de la edificación más el valor del suelo, que figurará en la escritura de declaración de obra nueva, en el caso de promoción de viviendas para uso propio), y de hasta el 80% del precio máximo del garaje y trastero, en el caso de que estuvieran vinculados en proyecto y registralmente a la vivienda.

Plazo de amortización de 25 años, o mayor previo acuerdo con la entidad prestamista.
Requisitos

Los ingresos familiares no pueden superar 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

La superfice útil de la vivienda no puede superar 90 m2 útiles (108 m2 en viviendas adaptadas a personas con discapacidad).

Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva.

No haber obtenido ayudas financieras para la adquisición de vivienda procedentes de planes estatales de vivienda durante los 10 años anteriores a la solicitud.
Limitaciones

La duración del régimen legal de la vivienda será de 30 años, a contar desde la fecha de la calificación definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.

La vivienda no podrá transmitirse intervivos ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo de 10 años desde la fecha de formalización de la adquisición, salvo excepciones.

El precio máximo de venta de la vivienda, por metro cuadrado de superficie útil, en segundas y posteriores transmisiones, de la vivienda será el resultante de la actualización del precio de venta inicial (mediante la aplicación de la variación porcentual anual del Índice de Precios de Consumo) registrada desde la fecha de la adquisición hasta la de la segunda o posterior transmisión de que se trate, multiplicado por un coeficiente que será igual a 1,5.
 
robasetas
robasetas
13/01/2009 18:15
Perdonar, pero es que por la noche me sulfuro, la luna llena y martes y 13 y claro ....

Si es por la segunda plaza de garaje .... es el precio de la libertad.

Saludos y animo que ya queda un día menos.
 
J
jrgvod
13/01/2009 15:38
Me refiero a la segunda plaza de garaje, la cual tiene una hipoteca libre e independiente a la de la vivienda+trastero+garaje
 
robasetas
robasetas
12/01/2009 23:42
Yo en este tiempo he cambiado 1 vez de trabajo, 2 veces de coche y me he echado novia, con la que llevo ya mas de 5 años ...

Que los bancos se dejen de tonterias, que el estado ya les ha pagado por adelantado nuestras solvencias. Queremos que nos den el piso este año ... No queremos mas retrasos por burocracias de licencias, de hipotecas, de cedulas, etc ... No se vosotros pero creo que ya va siendo hora.

Las plazas costaran lo que marque el modulo, ni mas ni menos. Tantos metros + zonas comunes = x €uros y el banco tendra que darnos el 80% del valor de la vivienda con su plaza de garaje y su trastero. Si las plazas ahora fueran mas baratas que cuando se nos dio la hipoteca no serían mas caras en los nuevos modulos que se aplicaran para las nuevas construcciones.

A cascarla !!
 
KAZALLA
KAZALLA
10/01/2009 20:52
Habra que ahorrar un poco mas,para pagarlos antes de la hipoteca,digo yo........
Creo que el 80% de la hipoteca si nos lo concederan.............puesto que si hemos sido solventes para iniciar la obra,seguiremos siendolo para concluirla.........sino hemos ido al paro y esas cosas....
 
J
jrgvod
10/01/2009 16:03
Siendo objetivo, seria lo mismo si firmas por un precio y antes de entregartelo te lo suben porque ahora vale mas.

De todos modos, es algo que ahora pasa, que el banco te lo valore en menos de lo que lo compraste, y que hay que aceptarlo del mismo modo.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
  • 59 (2009)
  • 7 (2009)
    © 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
    Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
    Vocento