Te explico:
Es un seguro que te cubre las cuotas del préstamo en caso de despido improcedente si eres asalariado fijo y en caso de incapacidad laboral si eres temporal o autónomo. Vamos, que si te echan de la empresa de forma improcedente, hasta que no encuentres otro trabajo, la hipoteca la paga el seguro. La cobertura es (al menos en DB) durante los primeros 5 años de la hipoteca y te cubre 9 cuotas seguidas o 18 alternas, con un coste aproximado del 1,60% del nominal. Este importe se suma a la hipoteca y se financia, con lo que pagas mes a mes +- 8€ más.
Antiguamente no era obligatorio, hoy cada vez más, pero depende del banco. En DB no es obligatorio, pero si no lo contratas el primer año pagas un 0,50% más de diferencial. Es una fuente muy importante de ingresos para el banco y ellos están muy interesados en que lo contratéis, por lo que si lo hacéis, podéis utilizarlo como arma para negociar una rebaja en la comisión de apertura, en la comisión de cancelación parcial................