Buenos días vecinos,
Respecto a lo de la deduccion, creo q la informacion mas fiable la podemos leer aquí:
http://www.agenciatributaria.es/wps/portal/DetalleContenido?url=Le+interesa+conocer/Deducci%C3%B3n+por+inversi%C3%B3n+en+vivienda+habitual&content=d52b6d160179c210VgnVCM1000004ef01e0aRCRD&channel=f6567bd5bb924210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0
En el apartado de preguntas frecuentes:
"Contribuyente que entrega a cuenta al promotor antes del 1.1.2011 cantidades para la construcción su vivienda habitual ¿Tiene derecho a aplicar a partir de 1.1.2011 el régimen transitorio de deducción sobre la adquisición de vivienda una vez entregada la misma?
Sí. Resultará de aplicación el régimen transitorio, por lo que el contribuyente podrá seguir practicando a partir de 2011 la deducción respecto de esa vivienda con independencia de la cuantía de su base imponible, tanto por las cantidades entregadas al promotor hasta el momento de la entrega como, en su caso, por las restantes cantidades que den derecho a la deducción una vez adquirida la vivienda (gastos de notario, registro, cuotas del préstamo hipotecario,…).
En este caso, salvo las ampliaciones excepcionales contempladas en la normativa del Impuesto, las obras deberán finalizar antes del plazo de cuatro años desde el inicio de la inversión, conforme al régimen de deducción aplicable en caso de construcción de vivienda habitual."
Eso es lo que nos afectaría a nosotros no??
En cualquier caso espero que lo tengamos antes del 1 de enero y nos olvidemos de todo esto. Ayer recibi un email preguntando algunos datos para el notario, parece q ya están preparando el papeleo.
salu2.