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D
davali
21/08/2009 19:24

subrogacion

¿Cuáles son las características de la subrogación en Caja Sol para hipotecas nuevas?

712 lecturas | 4 respuestas
Buenas a todos....

Estoy empezando a visitar bancos y cajas para preguntarles por las caracteristicas que ofrecen con respecto a las hipotecas nuevas.

Me gustaria que si alguno de vosotros teneis claras las caracteristicas que nos ofrecen en la subrogacion en Caja Sol, me las explicarais aunque sea a grandes rasgos para asi poder comparar con lo que me estan ofreciendo en los otros bancos.

Sobre todo en cuestiones como intereses, plazos, si se puede pedir mas dinero que el que nos queda en hipoteca...etc...

Gracias......y animo.....
 
D
davali
25/08/2009 10:18
buenos dias......

segun estuvieron diciendo en la ultima reunion, las ayudas a las que podiamos optar eran en el interes y en una parte de descuento de dinero de la hipoteca.

en una de ellas no se en cual, no se iba a poder optar ya que nos pasabamos de tiempo en la entrega de la vivienda.

entonces yo no se hasta que punto es interesante las subenciones y la subrogacion. voy a mirarlo bien pero creo que sera mejor el salir a otros bancos o cajas para conseguir unas condiciones mejores.

incluso negociar con caja sol, pero una nueva hipoteca, pagar los gastos de cancelacion y que se negocie nuevas caracteristicas para las hipotecas.

sialguien tuviera mas informacion pues que nos la facilite......
 
S
SVIGOVI
24/08/2009 13:16
PERO SI VAS A OTRO BANCO, NO TE DAN LA AYUDA NO???
 
D
davali
24/08/2009 12:12
Muchas gracias por lo datos....por lo menos voy a ir a la competencia con algun conocimiento...

de todas maneras creo que incluso si nos cambiamos y hay que pagar los gastos de la cancelacion, algunos banco te pagan esos gastos con tal que hagas la hipoteca alli con ellos....

ya os contare que me dicen....
 
A
Arinka
21/08/2009 22:53
Hablé con Cajasol el mes pasado, nos ofrecen la hipoteca cualificada (la protegida vamos), salvo a los pisos de 4 habitaciones, que ofrecen el euribor más 0,75 creo recordar.
El préstamo cualificado se rige por un tipo fijo que se establece por el Consejo de Ministros, tengo entendido, no sé si anualmente o con qué periodicidad, se nos aplicaría el tipo actualmente aprobado que es de 4,01%. El plazo del préstamo es obligatorio de 25 años, no se puede reducir plazo, solo capital. Aproximadamente para unos 120.000 euros me calcularon unos 630 euros creo recordar.
 

Fin del hilo
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