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A
Angyx
22/01/2010 08:41

PROVISIÓN DE FONDOS

¿Estamos exentos de pagar actos jurídicos documentados y tenemos reducciones en tasas de notarios y hacienda al adquirir una vivienda de protección oficial?

2.063 lecturas | 19 respuestas
Hola a tod@s

La cuestión es que ahora que escrituramos me he puesto a revisar los conceptos que definen la "provisión de fondos" y me surgen dudas.

Se supone que por ser vivienda de protección oficial estamos exentos de pagar los "actos juridicos documentados" ¿no?
Además tenemos reducciones en las tasas de notarios y hacienda ¿no?

Alguien sabe donde podemos documentarnos de esto?

Graciasssss
 
G
ganda
25/01/2010 18:25
Buenas vecinos,

Según lo que he podido averiguar en el portal de Vivienda de la comunidad de Madrid:

Bonificaciones en el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

La Comunidad de Madrid, mediante la Ley 4/2009, de 20 de julio, de Medidas Fiscales contra la Crisis Económica, aprobó una bonificación del 100% de la cuota tributaria gradual en la modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” en las primeras copias de escrituras que documenten las siguientes modificaciones en cuanto a las condiciones financieras, siempre que se trate de préstamos concedidos para la inversión en vivienda habitual:
  • Modificaciones del método o sistema de amortización y cualesquiera otras condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
  • Alteraciones del plazo, o la modificación de las condiciones del tipo de interés inicialmente pactado o vigente, el método o sistema de amortización y de cualesquiera otras condiciones financieras de los créditos hipotecarios.
  • Operaciones de subrogación de créditos hipotecarios, siempre que la subrogación no suponga alteración de las condiciones pactadas o que se alteren únicamente las condiciones financieras a que se refiere el punto anterior.

No se aplicará esta bonificación a la ampliación o reducción del capital del préstamo o crédito.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142517071393&language=es&pageid=1142515390848&pagename=PortalVivienda/PVIV_Generico_FA/PVIV_pintarGenerico#Bonificaciones

La verdad es que con los temas legales me pierdo un poco, pero me gustaría haber entendido que no tendremos que pagar el susodicho impuesto.

 

Fin del hilo
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