Javi__83 dijo:
Hola Hadala, tu estas segura que la desgravación de la casilla 906 nos es de aplicación. He leido el manual y pone que por "adqusición". Yo entiendo que hasta que no escrituremos a efectos legales no hemos adquirido nada, no tengo yo claro que los pagos a cuenta sean susceptibles de que se les aplique dicha deducción. Espero tu respuesta.
Un saludo!
Yo entiendo que si.
https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0130208
Pregunta
La deducción de la Comunidad de Madrid por inversión en vivienda habitual de nueva construcción ¿puede aplicarse por las cantidades satisfechas mientras la vivienda está en construcción?
Respuesta
Las cantidades satisfechas mientras la vivienda está en construcción dan derecho a la deducción, siempre que no se trate de autoconstrucción, dado que la normativa del impuesto asimila la construcción con la adquisición o rehabilitación de la vivienda.
El hecho de que cuando se estén abonando cantidades a cuenta de la futura entrega aún no se haya producido la primera entrega de la vivienda, no impide la aplicación de la deducción puesto que el mismo artículo indica que la calificación de nueva construcción se cumple cuando dé lugar a la primera entrega, pero no sólo a partir del momento en que tal entrega se verifique.
Por el contrario, no es aplicable la deducción a las operaciones constitutivas de autoconstrucción puesto que en ellas no se produce una primera entrega, tal y como la define la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que no puede calificarse la operación como de entrega de vivienda de nueva construcción.
Yo iré el 18 a hacienda, así que le preguntaré sobre el tema. Pero el contrato de compraventa me parece ya una vinculación suficiente. lo dicho. lo preguntaré. Si alguien sabe algo sobre este 1%, que lo diga.