Volver al foro
A
Arroyo
18/06/2005 11:51

Sorpresa desagradable

¿La hipoteca del segundo garaje está referenciada al euribor más 1 punto?

854 lecturas | 9 respuestas
La que me he llevado al leer la copia de la escritura que nos han enviado, ¿alguien sabía que la hipoteca del segundo garaje esta referenciada al euribor más 1 punto?.

Recuerdo perfectamente que esa pregunta la realice en la asamblea, y se me contestó que eran las mismas condiciones que la de la vivienda más garaje mas trastero, yo di por cierto que era eurinor mas 0.70. Cierto es que a esa hora ya quedábamos pocos y tal vez entre los que pululamos por este foro no quedara nadie, si estoy en un error por favor que alguien me lo haga saber.

Otra cuestión importante, en la que yo voy a insistir, es en que figure en la escritura la nota de que "la vivienda constituye domicilio familiar" por las connotaciones que puede tener a la larga en caso de impago de alguna cuota (Revista Dinero y Derechos de la OCU número 88, artículo errores al comprar una casa las meteduras de pata clásicas).

Tengo otras objeciones para plantear, pero no me gusta ser alarmista y trataré de hablar con Jesús para que me aclare, si no me satisfacen sus respuestas las comentaré para conocimiento general y que cada uno actúe en según su criterio.
 
A
Arroyo
21/06/2005 16:58
Nuestras viviendas deben constituir el domicilio HABITUAL, no FAMILIAR, puedes consultarlo en la normativa ó en la escritura.

Si quieres mas información consulta en el foro el asunto de la revista de OCU
 
J
JGMN
21/06/2005 13:25
Hola Arroyo, sólo era para hacerte una pregunta. ¿Nuestras viviendas no tienen que ser exclusivamente domicilio familiar? Yo tenía entendido que al firmar el contrato una de las claúsulas compromete a irse a vivir a los tres meses como máximo...

Es para saber si esto vale como condición para lo que has comentado de la revista de la OCU...
 
A
Arroyo
20/06/2005 15:33
BUENAS NOTICIAS:

Me he puesto en contacto con el departamento de contabilidad de Vitra, y me han confirmado que lo contemplado en la escritura (euribor más 1) es un error, que subsanarlo cuesta dinero (una novación de hipoteca) por lo que han suscrito un acuerdo privado con Ibercaja y que a pesar de firmar en la hipoteca esas condiciones nos aplicarán euribor más 0.70.

Les he comentado que sería conveniente hablaran con Ibercaja, para que a los propietarios que resten de realizar la visita, les aclaren el tema.

Una vez más solo me resta agradecer a la gente de Vitra su rápida respuesta y efectiva resolución del problema
 
Mario68
Mario68
18/06/2005 21:04
Lamento deciros que en la reunión dijeron lo del mibor +1 para la segunda plaza, lo tengo apuntado, y en los papeles que me dieron de ibercaja también viene el mibor +1.
 
D
DINAMITA
18/06/2005 19:32
Hola Arroyo, efectivamente en las copias que tengo yo, tanto en la de la plaza de garage no vinculada como en la de la vivienda + garaje + trastero pone euribor + 0,70.
Saludos
 
A
Arroyo
18/06/2005 18:46
Para DINAMITA:

En la 16.1 de Montecarmelo el garaje vinculado, que no va con la vivienda y el trastero, esta referenciado al euribor más 0.70 como dices, lo puedes confirmar por favor,


Para Becario:

Ese es un tema que mejor dejarlo así, en mi opinión entrar en este tema en el foro puede resultar delicado, si quieres intercambiar impresiones sobre ello podemos hacerlo, deja una dirección de correo ó un teléfono y me pongo en contacto.
 
B
becario
18/06/2005 18:30
Estoy de acuerdo con Arroyo. El se refiere a la hipoteca del garaje no vinculado que, también en la estipulción tercera, dice claramente euribor + 1. Tampoco escuché yo en ningún momento que esto fuera así.
Otro creo que está mal es, el la escritura del piso, en su estipulación cuarta cuando hace mención a las limitaciones que afectan a la vivienda, menciona varios decreto el último el 108/2004, QUE ESTAN DEROGADOS
 
D
DINAMITA
18/06/2005 13:02
Hola.
En la copia que me han mandado a mi (soy de la 16.1) en la estipulación 3ª, al final, pone: "opta por la aplicación de las sigientes condiciones:
a) Tipo de intereses variable definido como REFERENCIA INTERBANCARIA A UN AÑO (EURIBOR), vigente en el momento de la revisión, sin redondeo, incrementado en 0,70 puntos porcentuales"
O sea que debe tratarse de un error lo que os han mandado.
Saludos
 
flipaoman
flipaoman
18/06/2005 12:37
Hola Arroyo.
Yo tambien he leido ese artículo en "Dinero y Derechos" y tienes razón. Deberiamos intentar cambiar eso en las escrituras.
Un saludo.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento