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natanet
30/03/2009 12:29

Información

¿Quién debe pagar la Plusvalía en la firma de hipoteca en Langreo?

2.436 lecturas | 22 respuestas
Hola a todos, también le pregunté a Carmen sobre el tema de la oficina donde firmaremos la hipoteca, y me dijo que nos llamarían los del banco y nos informarían de todo, pero ésto mas adelante. Le pregunté sobre el pago de la Plusvalía, que a quien le correspondía y me dijo que dependiendo, es algo que debemos de estar pendientes y preguntar mas adelante,por que a los de Roces les tocó pagarlo a ellos, y no me parece muy normal.
La firma de la hipoteca de Langreo será en Abril-Mayo, es interesante para nosotros por que nos servirá de ejemplo.

También hubo un pequeño error en algunos contratos de los que firmamos el miércoles, mirar si es vuestro caso, el mio si lo fue, me dí cuenta mirándolo esa misma tarde en casa.Mi error estaba en el apartado "pago restante": cuatro mensualidades de marzo a junio de ...., cuando en realidad tenia que se de tres. Las cantidades están bien, lo que no está bien es la explicación escrita. Me comento Carmen que harían un documento donde constará ese error,pero que no tenía ninguna importancia por que las cantidades estaban bien y coincidía todo, no era realmente importante.

Menudo rollo...pero bueno, para estar algo más informados. Un saludo.
 
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natanet
02/04/2009 17:38
""-Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Conocido también como Plusvalía. Es un impuesto municipal que grava el aumento de valor de los terrenos urbanos experimentado durante los años en que el vendedor ha sido propietario de la vivienda. Se calcula teniendo en cuenta el valor catastral y el número de años que ha transcurrido desde la anterior transmisión. Sobre este incremento se aplica el tipo de gravamen que es fijado por cada Ayuntamiento según unos máximos y unos mínimos legalmente establecidos. Según la ley lo paga el vendedor, salvo pacto en contrario entre las partes. En el caso de vivienda nueva, existe también una plusvalía por el incremento del valor del terreno, que normalmente debe pagar el promotor. Hay un plazo de 30 días naturales desde la fecha de la escritura para liquidarlo en el Ayuntamiento"".

En euros no se lo que puede suponer...no lo encuentro en ningun sitio.No debe de ser muy objetivo..Un saludo.
 

Fin del hilo
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