lili1982 porsi te sirve de ayuda
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Ayudas financieras > Ayudas financieras Estas ayudas pueden ser de tres tipos:1.Préstamos convenidos con el Ministerio de Vivienda.
2.Subsidiación de las cuotas de los préstamos.
3.Ayudas estatales directas a la entrada.
* Al solicitar las ayudas, y siempre que se cumplan todos los requisitos, se concede préstamo convenido y subsidiación de cuotas. La ayuda estatal directa a la entrada es necesario que la solicite expresamente el interesado, señalando la casilla correspondiente en la instancia.
PRÉSTAMO CONVENIDO
+ AYUDAS ESTATALES DIRECTAS
+ AYUDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
< 100% PRESUPUESTO PROTEGIDO
En Detalle:
¦Préstamos convenidos ¦Subsidiación ¦Ayudas estatales directas a la entrada
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Préstamos convenidosEs obligatorio tramitarlos con el Ministerio de Vivienda para poder obtener el resto de ayudas.
El tope de ingresos familiares es de 2´5, 4´5 o 6´5 veces el IPREM según el tipo de vivienda (especial, general o concertada)
El interés anual puede ser Variable o Fijo: Variable “ el euribor a 12 meses publicado en el BOE por el Banco de España, en el mes anterior a la fecha de formalización más un diferencial de 65 puntos básicos”. Fijo “se determina por convenios de colaboración, partiendo de un swap de plazo equivalente a la duración del préstamo, más un diferencial que se establecerá en la orden del Ministerio de Vivienda de convocatoria y selección de las Entidades de Crédito”.
El plazo de amortización será de 25 años o más previo acuerdo con la entidad prestamista.
Una vez obtenida la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, durante los cinco primeros años, la cuantía del préstamo se puede amortizar parcialmente siempre que no se reduzca por debajo del 60%. En caso de reducción por debajo del 60 % o de amortización total dentro de éste periodo, será obligatorio el reintegro de la AEDA y de las restantes ayudas estatales financieras percibidas, incrementadas con los intereses de demora que correspondan desde su percepción.
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SubsidiaciónSe concede a los adquirentes acogidos al sistema de financiación para primer acceso.
El tope de ingresos familiares está en 4.5 veces el IPREM.
Se concede por un periodo de 5 años, prorrogables por otros 5.
IMPORTES
¦A) con ingresos hasta 2,5 veces el (IPREM) 100 € al año por cada 10.000 € de préstamo.¦B) con ingresos hasta 3,5 veces el (IPREM) 80 € al año por cada 10.000 € de préstamo.¦C) con ingresos hasta 4,5 veces el (IPREM) 60 € al año por cada 10.000 € de préstamo.¦Si se trata de: (Familias con ingresos hasta 2´5 veces IPREM; Familias numerosas; Familias Monoparentales; Personas Dependientes o con Discapacidad y las familias que las tengan a su cargo; las cantidades fijadas se incrementa durante los 5 primeros años en 55 € por cada 10.000 € de préstamo, si los ingresos no superan 2´5 veces el IPREM; y en 33 € por cada 10.000 € de préstamo si superan las 2´5 veces pero no exceden de 4´5 veces el IPREM
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Ayudas estatales directas a la entradaSe concede a los adquirentes acogidos al sistema de financiación para primer acceso.
Se aplican los mismos importes tanto para viviendas protegidas nuevas como usadas, sin distinción de zonas.
Es necesario para su cobro formalizar un préstamo convenido.
La cuantía del préstamo convenido será como mínimo del 60% del precio total de la vivienda.
El tope de ingresos familiares está en 4.5 veces el IPREM.
Cuantía fija no acumulable.
Se fija en función de los ingresos y de circunstancias personales o familiares del solicitante.
Se paga la más elevada de las varias posibles.
IMPORTES
GENERAL
Ingresos < a 2´5 veces el IPREM
8.000 €
Ingresos > a 2´5 y < 3´5 veces el IPREM
7.000 €
Ingresos > a 3´5 y < 4´5 veces el IPREM
5.000 €
JOVENES MENORES DE 35 AÑOS
Ingresos < a 2´5 veces el IPREM
9.000 €
Ingresos > a 2´5 y < 3´5 veces el IPREM
8.000 €
Ingresos > a 3´5 y < 4´5 veces el IPREM
6.000 €
FAMILIAS NUMEROSAS
FAMILIAS MONOPARENTALES
PERSONAS DEPENDIENTES O CON DISCAPACIDAD (y las familias que las Tengan a su cargo)
Ingresos < a 2´5 veces el IPREM
12.000 €
Ingresos > a 2´5 y < 3´5 veces el IPREM
10.000 €
Ingresos > a 3´5 y < 4´5 veces el IPREM
8.000 €
MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
VICTIMAS DE TERRORISMO
PERSONAS SEPARADAS o DIVORCIADAS (al corriente del pago de pensiones Alimenticias y compensatorias, en su cargo).
Ingresos < a 2´5 veces el IPREM
11.000 €
Ingresos > a 2´5 y < 3´5 veces el IPREM
9.000 €
Ingresos > a 3´5 y < 4´5 veces el IPREM
7.000 €
Las cantidades anteriormente señaladas se incrementan en 600 € cuando la vivienda este situada en un Municipio Singular B (Oviedo, Gijón, Avilés, Llanera y Siero) y en 300 € cuando la vivienda es situada en un Municipio Singular C
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Deducciones autonómicas en el IRPF por inversión en vivienda habitual protegida
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias tiene establecida una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual que tenga la consideración de protegida conforme a la normativa estatal o autonómica en la materia.
Cuantía: 103 € por cada contribuyente que tenga derecho a percibir ayudas económicas por el concepto anterior.
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos bienes y para un mismo período impositivo, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Editado por monki 14/08/2009 0:34