Estimados amigos,
La escrituración es individual independientemente de que desntro del concepto a escriturar exista un derecho o participación en un porcentaje total de elementos comunes anejos o unidos a la finca ( en el caso de viviendas con elementos comunes-Ley de propiedad horizontal).
Conviene revisar el contrato privado de compraventa (opción de compra) y apreciar si existe o no clausulado referente a la llamada "MORA EN LA ENTREGA DE LA VIVIENDA", sin perjuicio de que esa mora genera responsabilidad que, por supuesto y si es achacable al interviniente en cuestión en el proceso de edificación, debe ser resarcida o reparada.
Las licencias de primera ocupación se otorgan cuando la finca en cuestión dispone de todos esos requisitos que hacen que una casa tenga un uso óptimo (todos los servicios necesarios y condiciones de habitabilidad prefijadas). Según mi leal saber y entender, 10 meses, según relatais, me parecen, cuanto menos, inquietantes. (motivo mas que suficiente para acudir al Ayuntamiento en cuestión y ver el porqué de la demora).
En cualquier caso, os aconsejo que acudais a un especialista en estas lides.
Un saludo a todos.
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