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C
carlounis
27/12/2007 17:42

Dos cuentas vivienda y vivienda en construccion

¿Cómo afecta la caducidad de mi cuenta vivienda a la compra de una vivienda en construcción?

2.462 lecturas | 2 respuestas
Hola os agradecería si me resolvieseis unas dudas que tengo sobre una cuenta vivienda:

1.En diciembre de 2005 abrí una cuenta vivienda a la que he hecho aportaciones hasta diciembre de 2007, en total 27000 euros.

2.En diciembre de 2007 mi novia se ha abierto una cuenta vivienda aportando 2000 euros.

3.En febrero de 2008 firmaremos contrato de compraventa de una vivienda en construcción mi novia y yo ( al 50%) y de la cual me entregarían las llaves en 2010.

Preguntas:

1.Mi cuenta vivienda caducaría en diciembre de 2009, pero al entregar 19000 € de la misma en el 2008 (quedarían otros 8000) a la firma del contrato de compraventa, entiendo que ya empiezo a realizar los pagos al promotor, por lo que solo tendría que tener en cuenta que en diciembre de 2009 el saldo de la cuenta vivienda debe ser 0, estando entregado en su totalidad al constructor. No importa que la escritura la firme en el 2010, una vez ya ha caducado la cuenta vivienda, no?

2.Puedo destinar yo en 2008 19000 € de mi cuenta vivienda y que mi novia no destine nada? Yo no me desgravaría porque ya lo desgravé cdo lo ingresé en la cuenta vivienda y ella tampoco porque no aportaría nada en 2008. Sería esto correcto?


Muchas gracias.
 
C
carabanchel26
20/02/2008 14:32
Tu caso es muy facil, para Hacienda tu cta a los 4 años, en 2009, tiene que estar a 0. Tu novia puede seguir con su cta vivienda y desgrabarse, aunque ya se este comprando el piso contigo. Paga los 19000 € tu solo. Tienes que hablar con el promotor cuando vaya a vencer la cta en 2009 y hacerle un ingreso de 8000 € a cuenta del precio del piso.
 
E
Essebess
29/12/2007 12:18
Buenas

lo que la Ley te dice es que en el plazo de 4 años tienes que haber invertido el total de lo desgravado en la compra o rehabilitación de la vivienda habitual, es decir que en diciembre de 2009 tendrás que dejar a cero tu cuenta vivienda.

Se que puedes solicitar a Hacienda la ampliación de un año más del plazo de reinversión, pero no sé las causas que puedes alegar.

Otra cosa es la compra-venta, según insinúa la ley debes cancelar el saldo de la cuenta vivienda con la compra-venta en firme, es decir a la entrega de las llaves, sin embargo yo no lo he hecho y no he tenido problemas con Hacienda.

En cuanto al caso 2, sería correcto lo que planteas.
 

Fin del hilo
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