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E
escalona 10
08/05/2008 17:56

cuenta vivienda

¿Cuánto me quita HACIENDA si decido no comprar piso después de ingresar dinero en una cuenta vivienda?

1.527 lecturas | 12 respuestas
hola a todos !! Estoy dudando respecto a abrir o no una cuenta vivienda. Queria saber si , en el caso de abrirla , ingresar dinero durante unos años , etc , si despues decido finalmenmte no comprar piso...¿cuanto me quita HACIENDA? ¿ exactamente lo que me ha deducido de la renta , un poco más por los intereses o menos ? MUCHAS GRACIAS
 
P
preguntina
05/06/2008 07:18


Gracias alvaroav.
Efectivamente he estado pagando a la cooperativa y ese dinero se supone que iba destinado a la constructura ya que la vivienda estaba siendo construida. La vivienda se supone que me la entregan este año con lo cual estaría incluso dentro de los cuatro primeros años permitidos para meterte en la construcción de la vivienda porque yo abrí la cuenta en diciembre del 2004. Aún así he hecho buen acopio de todas esas preguntas y respuestas de la agencia tributaria por si me ponen problemas el año que viene... o algún año...

Es una pena que los de la agencia tributaria estén tan mal informados.... y al final seamos los particulares los que les tengamos que dar las respuestas correctas...



 
A
alvaroav
04/06/2008 23:40
Hola a preguntina,

Responderte que yo me encontraba en una situacion similar a la tuya pero el año pasado.
Habia habierto una cuenta vivienda a 30 de diciembre de 2003, y tenia que cancelarla el 30 de diciembre de 2007 a mas tardar, si no queria tener que devolver los 6000 euros desgravados mas los intereses de demora (4 años de intereses por lo desgravado el primer año, 3 por los del segundo etc...)
http://petete.minhac.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=irpf%2Btelefonica&Pos=319

Lo mas grave, es que iba a comprar y compre piso sobre plano, y me lo entregan este año. Al preguntar un dia en la AEAT el personaje de la mesa me dijo manual en mano, que si a 30 de diembre de 2007 no tenia la "titularidad legal de la vivienda" es decir, la escritura, iba a tener que devolver las desgravaciones.
Yo y mi agobio nos fuimos a casa, y buscando en intenet, me encontre una consulta online a la AEAT (la referencia esta tb puesta arriba), en laq ue exponia esto:

"Todo saldo de la cuenta vivienda invertido, o no, en una vivienda que finalmente no se adquiera en el plazo previsto perderá el derecho a la deducción que en su momento el contribuyente hubiera podido practicar, debiendo regularizar su situación tributaria, conforme dispone el artículo 59 del Reglamento del Impuesto. En el supuesto de invertir, dentro de los cuatro años, en una en construcción deberá adquirir la vivienda en sentido jurídico dentro de los cuatro años siguientes al inicio de la construcción ; el inicio se entiende producido al obtener algún derecho sobre la misma por el que se hubiese beneficiado de la deducción en la cuota del Impuesto."

Tras lo cual me acerque de nuevo a la AEAT, copia en mano, se la enseñe al individuo.. este me dijo.. uhmm.. tengo q consultarlo, llamo al jefe de seccion, y me confirmaron que sus priemras indicacioens eran incorrectas, y lo que pone en esa pagian esta bien.. que la compra o titularidad legal es lo mismo que pagar a ùn promotor, y que a partir de este pago a promotor, tienes otros 4 años para que te den la casa (y firmes la escritura, y tengas la dichosa titularidad legal)..

Asi que si has pagado algo a la cooperativa, igual ya te vale..

Un saludo

 
S
susi71
03/06/2008 10:37
Gracias intentare averiguar algo.
 
P
preguntina
03/06/2008 09:43


puff, ayer cuando llamé a hacienda me dijeron que lo de prorrogar la cuenta vivienda era imposible... así que no se que decirte. Aquí cada uno dice una cosa. Métete en lo de preguntas frecuentes de la agencia tributaria y a ver si encuentras algo que te ayude porque yo ya estoy mareada...


está es la dirrección https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRI01F

chequea desglose títulos - capítulos y pulsa aceptar, luego vete a IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006 que es la primera opción y luego vete a DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL


suerte!!!
 
S
susi71
03/06/2008 09:05
Hola a todos tengo una duda de la cuetna vivienda me caduco el año pasado y en teoria este año en la declaración de la renta tendre que devolver lo que me haya desgrabado pero al ir a hacienda en lugar de quitarme me han dado algo y encima me dicen que puedo prorrogar la cuenta vivienda otros 4 años pero el caso es que ya ha sido practicamente cancelada o he sacado el dinero de ella porque ya no la queria pero que pasa si vuelvo a abrirla no me quitarian nada en hacienda si me compro casa en esta prorroga o me han echo mal la declaración? si la he cancelado me lo quitan al año que viene? deberia decirlo en esta declaración es por si tengo que pedir nueva cita que lo hare seguramente. ¿me podeis aclarar estas dudas?
 
P
preguntina
03/06/2008 08:39


Muchas gracias, aunque me da rabia pensar que habrá gente que se informe solo mediante teléfono y pierda dinero, porque los que se suponen que están para ayudar no están preparados para ello.


Pero que le vamos a hacer, así ha sido siempre...

 
E
evander34
03/06/2008 08:33
Si es así, me alegro por ti, ya que te has quitado un problema de encima
 
P
preguntina
03/06/2008 07:42
He encontrado esto en el apartado de preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria.

Según pone tanto en esta pregunta como en otras muy parecidas, en cómputo de tiempo para invertir el dinero de la cuenta vivienda en la adquisición de ésta se hace desde que se abrió la cuenta, es decir, en mi caso como la abrí el 30 de diciembre del 2004 tengo hasta el 30 de diciembre del 2008 para utilizar ese dinero y por tanto supongo que para poder cerrar la cuenta vivienda. Insisto que es una página oficial de la Agencia Tributaria, y si bien es verdad que ayer cuendo llamé a haciendo no me dijeron lo mismo, tambien es verdad que el me atendió no parecia tener mucha idea en cuestiones muy detalladas....
Así que yo me fio de lo que pone en la página de aeat que al menos lo tengo por escrito.....

URL:https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC05F/


 
P
preguntina
02/06/2008 21:11

Te has explicado demasiado bien ;), sobretodo con el ´las has cagado´ :o.

Supongo que eso es así aunque abriera la cuenta en diciembre del 2007 y no se hayan cumplido los 4 años enteros, no?? es decir, si me dan mi vivienda antes de diciembre de este año, no puedo emplear todo el dinero de la cuenta vivienda ya que aún no ha cumplido los cuatro años enteros?? independientemente de que la desgrabación por la cuenta vivienda sea un máximo de cuatro años, 2004, 2005, 2006 y 2007, no puedo emplear en 2008 (antes de que llegue diciembre que fue el mes en que abrí la cuenta y en el que realmente hace los cuatro años) el dinero de la cuenta vivienda???

 
E
evander34
02/06/2008 16:04
Aun corriendo el riesgo de equivocarme, te voy a decir algo con todo el cariño del mundo: Me temo que la has "cagao", y me explico.
Si el cuarto año era el 2007, es decir la aperturaste en 2004, significa que a 31 de diciembre de 2007 tenías que tener ya liquidada la cuenta ahorro vivienda( a no ser que seas del Pais vasco o Navarra, que el plazo es mayor), habiendo empleado la cantidad que había bien en la compra o al menos en la entrega de cantidades a cuenta a promotor.
Existe la posibilidad de pedir una prórroga, pero solo en los casos en el que el promotor suspende pagos o bien quiebra.
Si te entregan la vivienda este año, en la declaración del 2008 tendrás que devolver por una parte la cantidad desgravada en los 4 años anteriores y por otra te desgravarás lo que hayas pagado este año con el límite de nueve mil y pico euros por declaración(no se si el piso es solo tuyo o interviene tu pareja, en cuyo caso se doblaría la cantidad).

No se si me habré explicado bien, espero que si
 
P
preguntina
02/06/2008 15:11

A ver si alguien me puede ayudar.
Mi situación con la cuenta vivienda es que hizo los cuatro años el año pasado, es decir, este año es el último que puedo desgrabarme por ella en la declaración del 2007. Estoy en una cooperativa y se supone que me estregan la vivienda este año. Lo que no se es si al cumplir ya los cuatro años la puedo cerrar o bien tengo que esperar a que me den la vivienda y firmar las escrituras para que se ´vea´ que realmente he comprado una vivienda, y en este caso si es necesario pedir una prórroga o algo por el estilo.

He intentado llamar a hacienda pero no hay manera, están saturados.

 
E
evander34
02/06/2008 09:00
cgh dijo:

pues lo que te devuelva hacienda por declarar la cuenta asi de simple.
Hacienda te devuelve el 15% de lo ingresado.Hasta un máximo de 9000 euros.O sea que 1500 como máximo.
Si quieres comprarte la vivienda, o reformar otra.
y suponiendo que todos los años te devuelven el máximo
pues....1500x4=6000 euros te devolvería hacienda.
y 6000 euros les tendrias que devolver


Efectivamente es así. A mi me ha pasado y puedo dar fe
 

Fin del hilo
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