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antoniperez73
08/11/2008 19:23

devolución fianza

1.441 lecturas | 1 respuestas
jodsijoafdfdf
 
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antoniperez73
08/11/2008 19:44
Hola a todos...antes de nada daros las gracias por las sugerencias aportadas....

Os expongo mi caso.....

Soy el propietario de un piso y lo tenía alquilado a una pareja desde septiembre de 2007 por un periodo de un año....en Mayo de 2008 dijeron que si quería pedir con ellos la subvención de propietarios y ellos pedirían la de jovenes,,,, y accedimos aunq suponian un gasto de un 7% de una anualidad que se llevaba la agencia de fomento de alquiler....el nuevo contrato se firmó el dia 1 de mayo de 2008...3 meses despues la pareja me llamó y me dijo que dejaban el piso por circunstacias personales, lo comprendí (no puse ningún impedimento ni reclamé ninguna indemnización)y empecé a buscar nuevos inquilinos, anuncios, llamadas, carteles etc etc,,,,lo fue a ver varias parejas y ya tenía una que se lo iba a quedar pero cual fue mi sorpresa que al final decidieron no dejar el piso....Les comenté al 1 de septiembre 2008 teniamos que actualizar el ipc y me dijeron que estaban justos de pelas....lo comprendí y decidí no subirles el precio. Me pidieron unos sofas nuevos para el salón y una semana mas tarde les llevé unos nuevos...el 1 de octubre me llamaron y que dejaban el piso definitivamente y ya me enfadé un poco (creo que con razón). Me puse a buscar nuevamente inquilinos y a 1 de Noviembre ya tengo una nueva pareja viviendo en el piso. (SIENTO EL TOSÓN)....en el contrato q firmamos el dia 1 de mayo mediante la agencia de fomento de alquiler , en mi copia no viene ninguna clausula sobre desistimeinto por lo que entiendo que me rijo por la LOU de 94 y al ser un alquiler inferior a 5 años me deberían indemnizar hasta finalización del mismo (1 de mayo) pero no es mi intención. Pero en su copia, la de los inquilinos,( que debería ser la misma) si que existe una clausula en la que dice textualmente... "Y con independencia de ello, el desistimiento del contrato por parte del arrendatario antes de que finalice la correspondiente anualidad dará lugar a abonar una indemnización al arrendador, en concepto de daños y perjuicios, consistente en una cantidad equivalente a una mensualidad de renta."...

Por todo ello me gustaría saber si tengo derecho a esa indemnización ya que los inquilinos me dicen que no, (
el es procurador), que de la fianza que aún tengo de ellos descuente las facturas de luz y agua que me deben (desde mayo por problemas ajenos a ellos y a mi) que son unos 400 y pico euros y que les devuelva lo que reste, que al yo haber encontrado nuevo inquilino y no haber perdido ninguna mensualidad no tengo derecho a nada...

Me siento mal porqeu creo que si que tengo ese derecho , yo he obrado de bueno fe , la primera vez dejaba que se fueran sin ningún problema, luego no les subo el ipc yles pongo unos sofas nuevos y ademas se han cargado una cisterna al intentar arreglarla y ahora tengo que cambiar todo el sistema según me ha comentado el fontanero que ha ido a arreglarla al nuevo inquilino....

Siento el tostón pero al menos me he desahogado contándolo. Agradezco vuestras opiniones...

Gracias de nuevo

 

Fin del hilo
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