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F
fedayn
08/05/2009 16:35

Entrega de dinero y condiciones no definidas.

¿Es seguro entregar 12000€ a una promotora para reservar una vivienda?

1.870 lecturas | 11 respuestas
Hola a todos,

El otro día estuve en una promotora que tiene un proyecto para contruir unas viviendas y ciertas cosas no me convencieron del todo. Cierto que soy bastante novato en estos temas y es la primera vez que voy a una promotora para informarme, por eso a lo mejor os planteo unas preguntas que tienen repsuesta obvia.

La entrega de los pisos está prevista para finales del año 2011.

Las condiciones que nos plantearon era hacer una transferencia de 12000€ para reservar la vivienda que más nos gustara. Una vez hecha esta tarnsferencia, nos dijerons que les llamáramos por teléfono para firmar un contrato que diera validez a esa fianza, y en el que la promotora se comprometía a devolvernos ese dinero en caso de que nos echáramos para atrás en un plazo de 3 meses.

Esto es lo primero que no me gusta, entregar 12000€ a una promotora para hacer una reserva, sin ningún tipo de comprobante o recibo.

Lo segundo que menos me gustó fue que todavía no habían negociado la hipoteca con el banco, ¿esto es normal?, me parece raro que tengan aprobado un proyecto y no hayan negociado las cantidades con el banco.

Una vez firmado el contrato de compra-venta, habría que abonar en un periodo de varaible de hasta 2 años el 20% + IVA de la vivienda. Esto ya lo veo más normal, aunque me parezca un dineral.

Por otro lado, nos entregaron planos de la vivienda, planos de la finca y la memoria de calidades.

Ya digo que soy bastante inexperto, pero me gustaría que alguien con más conocimiento me diera su opinión.

Un saludo
 
F
fedayn
14/05/2009 15:07
Hola otra vez,

Os resumo como está ahora mismo la situación.

Hoy he ido al ayuntamiento de la localidad y el técnico me ha indicado que la parcela donde está destinada la promoción está en perfectas condiciones. También le he enseñado la promoción y me ha indicado que son de fiar, pero también me ha dicho que no tienen licencia de construcción.

La promotora hizo una propuesta de modificación al plan básico y esta propuesta está en el ayuntamiento pendiente de aprobación.

Por otra parte, me han entregado en el registro de la propiedad una nota simple sobre las dos parcelas. En la nota simple y en el apartado de Cargas, vienen varios apartados, pero el que más me preocupa es una que indica que la finca está gravada por un crédito hipotecario con fecha de vencimiento de 2007.

Con todo esto, la promotora nos exige un pago de 12000€ antes del mes que viene si queremos mantener la reserva.

¿Qué os parece todo?.

Un saludo.
 
F
fedayn
11/05/2009 11:41
Hola a todos,

Copio y pego el contrato que me ha enviado la promotora y que se firmaría en caso de que hiciéramos la entrega de 12000€ en concepto de reserva.

He ocultado cierta información que creo que no debería ser visible.

No veo nada de aval bancario por ninguna parte. A parte, la cláusula III bastante inquietante, aunque no sé si se refiere al préstamo del banco a los clientes finales o a la promotora para costear la construcción.

ll


Que, sobre dichas parcelas, La promotora, tiene previsto construir una Promoción de viviendas adosadas con parcela individual y zonas comunes de aproximadamente Xm2 construidos.


III


La promotora, negociará con una Entidad Bancaria la concesión de un préstamo hipotecario que gravaría, entre otras, las referidas fincas.



IV

Que interesando a .................................... adquirir una de las viviendas antes mencionadas, a construir sobre las parcelas referidas, cuya situación, composición y calidad, además de lo mencionado en los Expositivos anteriores, se especificarán en los planos y memoria de calidades que se adjuntarán al futuro contrato privado de compraventa que sustituirá al presente documento de reserva, las partes convienen la formalización del presente con arreglo a las siguientes



ESTIPULACIONES


PRIMERA.- La promotora, reserva a nombre de ..............................................:

1.- Una Vivienda Adosada de aproximadamente Xm2 construidos con parcela de uso privativo e incluyendo parte proporcional en zonas comunes.

Correspondientes a la Promoción X, de Viviendas a desarrollar en las parcelas X Y del Sector X, todo ello con cuantos derechos, obligaciones, servidumbres, usos, servicios y participación en elementos comunes le sean inherentes o accesorios, como cuerpo cierto.




SEGUNDA.- El precio que de común acuerdo fijan los contratantes es el neto de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (X.-€), (OJO ESTE PRECIO ES ÚNICAMENTE EL DEL CHALET TIPO) dicho precio se incrementará con el I.V.A. correspondiente, o el tipo que en su caso fije la legislación vigente al efecto en el momento de pago.


FORMA DE PAGO:

A) La cantidad de DOCE MIL EUROS (12.000.-€) sin IVA, que es entregada con anterioridad a este acto, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de Entidad Bancaria nº X, titularidad de La promotora, cuya fotocopia se adjunta, en concepto de reserva y que será descontado del precio pactado en el momento en que se formalice el correspondiente contrato privado de compraventa, y por lo que el vendedor otorga la más firme carta de pago.

B) El pago del precio será pactado en el mencionado contrato privado de compraventa que recogerá como fórmula de pago tipo:

a. Hasta 20% del precio más el IVA correspondiente, en el plazo de construcción.
b. El resto, 80% del precio más el IVA correspondiente, en la firma de la escritura pública de compraventa y subrogación de hipoteca.

El préstamo para la construcción se distribuirá entre las diferentes viviendas de tal forma que la responsabilidad por principal que le corresponda a la vivienda y anejos sea igual a la cantidad retenida por el futuro comprador en el correspondiente contrato privado de compraventa.



TERCERA.-

En el caso de que la promoción por circunstancias ajenas a la vendedora no se llevara a término, ésta última estará obligada a la devolución de la cantidad aportada en concepto de reserva.

CUARTA.-

D. ..................................., con conocimiento de lo expuesto en el Expositivo III, manifiesta expresamente su voluntad de que La promotora, contrate el préstamo hipotecario referido que grave las fincas objeto de esta compraventa, con la finalidad de que, en su día se produzca la subrogación en el mismo para atender el pago de parte del precio de la compraventa, en el caso de que la Entidad Financiera desautorice dicha subrogación será responsabilidad del comprador encontrar financiación propia para atender a la obligación de pago del precio pactado.


QUINTA.-


La promotora, se reserva el derecho de formalizar el futuro contrato de compraventa por sí o a través de persona jurídica distinta.


SEXTA.-

Se fija como domicilio de las partes, para toda clase de actuaciones judiciales y extrajudiciales, notificaciones y requerimientos, el señalado en la comparecencia.


SÉPTIMA.-

Ambas partes, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid.


Y en prueba de conformidad firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.



Un saludo.

 
F
fedayn
11/05/2009 11:41
Hola a todos,

Copio y pego el contrato que me ha enviado la promotora y que se firmaría en caso de que hiciéramos la entrega de 12000€ en concepto de reserva.

He ocultado cierta información que creo que no debería ser visible.

No veo nada de aval bancario por ninguna parte. A parte, la cláusula III bastante inquietante, aunque no sé si se refiere al préstamo del banco a los clientes finales o a la promotora para costear la construcción.

ll


Que, sobre dichas parcelas, La promotora, tiene previsto construir una Promoción de viviendas adosadas con parcela individual y zonas comunes de aproximadamente Xm2 construidos.


III


La promotora, negociará con una Entidad Bancaria la concesión de un préstamo hipotecario que gravaría, entre otras, las referidas fincas.



IV

Que interesando a .................................... adquirir una de las viviendas antes mencionadas, a construir sobre las parcelas referidas, cuya situación, composición y calidad, además de lo mencionado en los Expositivos anteriores, se especificarán en los planos y memoria de calidades que se adjuntarán al futuro contrato privado de compraventa que sustituirá al presente documento de reserva, las partes convienen la formalización del presente con arreglo a las siguientes



ESTIPULACIONES


PRIMERA.- La promotora, reserva a nombre de ..............................................:

1.- Una Vivienda Adosada de aproximadamente Xm2 construidos con parcela de uso privativo e incluyendo parte proporcional en zonas comunes.

Correspondientes a la Promoción X, de Viviendas a desarrollar en las parcelas X Y del Sector X, todo ello con cuantos derechos, obligaciones, servidumbres, usos, servicios y participación en elementos comunes le sean inherentes o accesorios, como cuerpo cierto.




SEGUNDA.- El precio que de común acuerdo fijan los contratantes es el neto de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (X.-€), (OJO ESTE PRECIO ES ÚNICAMENTE EL DEL CHALET TIPO) dicho precio se incrementará con el I.V.A. correspondiente, o el tipo que en su caso fije la legislación vigente al efecto en el momento de pago.


FORMA DE PAGO:

A) La cantidad de DOCE MIL EUROS (12.000.-€) sin IVA, que es entregada con anterioridad a este acto, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de Entidad Bancaria nº X, titularidad de La promotora, cuya fotocopia se adjunta, en concepto de reserva y que será descontado del precio pactado en el momento en que se formalice el correspondiente contrato privado de compraventa, y por lo que el vendedor otorga la más firme carta de pago.

B) El pago del precio será pactado en el mencionado contrato privado de compraventa que recogerá como fórmula de pago tipo:

a. Hasta 20% del precio más el IVA correspondiente, en el plazo de construcción.
b. El resto, 80% del precio más el IVA correspondiente, en la firma de la escritura pública de compraventa y subrogación de hipoteca.

El préstamo para la construcción se distribuirá entre las diferentes viviendas de tal forma que la responsabilidad por principal que le corresponda a la vivienda y anejos sea igual a la cantidad retenida por el futuro comprador en el correspondiente contrato privado de compraventa.



TERCERA.-

En el caso de que la promoción por circunstancias ajenas a la vendedora no se llevara a término, ésta última estará obligada a la devolución de la cantidad aportada en concepto de reserva.

CUARTA.-

D. ..................................., con conocimiento de lo expuesto en el Expositivo III, manifiesta expresamente su voluntad de que La promotora, contrate el préstamo hipotecario referido que grave las fincas objeto de esta compraventa, con la finalidad de que, en su día se produzca la subrogación en el mismo para atender el pago de parte del precio de la compraventa, en el caso de que la Entidad Financiera desautorice dicha subrogación será responsabilidad del comprador encontrar financiación propia para atender a la obligación de pago del precio pactado.


QUINTA.-


La promotora, se reserva el derecho de formalizar el futuro contrato de compraventa por sí o a través de persona jurídica distinta.


SEXTA.-

Se fija como domicilio de las partes, para toda clase de actuaciones judiciales y extrajudiciales, notificaciones y requerimientos, el señalado en la comparecencia.


SÉPTIMA.-

Ambas partes, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid.


Y en prueba de conformidad firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.



Un saludo.

 
E
esperando10
11/05/2009 02:17
Mi opinión es que tal como está el tema inmobiliario, yo no me compraria nada sobre plano. Si quieres comprarte un piso, mira lo que ya esté construido o le falte poco. Ten cuidado porque puedes meterte en algo, y perder tú dinero. Ahora hay muchos contratos con clausulas abusivas, y siempre vas a perder tú. Un saludo
 
A
anaelena
10/05/2009 20:38
anaelena dijo:

fedayn dijo:

Gracias a los dos por las respuestas.

Una última pregunta. ¿Cómo serían los pasos a seguir?. Es decir, yo hago la transferencia bancaria y ellos automáticamente me tendrían que entregar el aval bancario?, ¿justo después de hacer la transferencia?.

Un saludo.


...ups perdón.
No se te ocurra dar nada sin el aval. Nada de dar dinero por adelantado
 
A
anaelena
10/05/2009 20:25
fedayn dijo:

Gracias a los dos por las respuestas.

Una última pregunta. ¿Cómo serían los pasos a seguir?. Es decir, yo hago la transferencia bancaria y ellos automáticamente me tendrían que entregar el aval bancario?, ¿justo después de hacer la transferencia?.

Un saludo.
 
F
fedayn
10/05/2009 11:39
Gracias a los dos por las respuestas.

Una última pregunta. ¿Cómo serían los pasos a seguir?. Es decir, yo hago la transferencia bancaria y ellos automáticamente me tendrían que entregar el aval bancario?, ¿justo después de hacer la transferencia?.

Un saludo.
 
G
godepy
09/05/2009 18:15
aval bancario sin duda, sobre las cantidades aportadas
 
A
anaelena
09/05/2009 18:00
perdona que insista,pero de las poquitas cosas que tengo claro es lo de no entregar nada a cambio si no me dan aval bancario que garantiza mi aportación. Ni siquiera 1 euro. Ningún contrato garantiza las cantidades, porque aunque sea contrato de arras, si la empresa quiebra o algo así... qué te voy a contar
 
F
fedayn
09/05/2009 13:12
Hola anaelena,

He estado haciendo una serie de consultas y me han comentado que la cantidad que se entrega es como un contrato de arras, y que es bastante usual. De todas maneras, en el banco siempre tengo un periodo para echar para atrás una transferencia.

Lo de que no tengan la hipoteca es lo que más me mosquea, porque es mucho dinero, y sin dinero ya sabemos lo que hay, NADA.

Gracias.

Un saludo.
 
A
anaelena
09/05/2009 12:24
hola fedayn. La verdad es que yo soy bastante ignorante en estos temas. Pero de una cosa estoy segura: no daría un dinero a cuenta a nadie ni de broma. Para entregar algún dinero, como mínimo aval bancario de lo que entregues. Lo que cuentas de que ni siquiera tienen hipoteca es tan evidente como peligroso. Con los tiempos que corren, hay que tener mucho cuidado
 

Fin del hilo
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