Buenas tardes,
Tu caso parece desangelado, pero veremos que se puede hacer.
En primer lugar, no tienes ninguna obligación a escriturar con desperfectos. Ten en cuenta que el objeto del contrato es la casa que tu vas a comprar, y la vas a comprar libre de desperfectos. Cualquier cosa distinta a esto, no es legal. Otra cosa es lo que tu firmes con desconocimiento, y entonces, si que estamos perdidos.
Es cierto que existen prórrogas en los contratos de compraventa,pero hay que reconocer que a veces pueden ser abusivas para el particular. Han llegado a darse casos en que te obligan a firmar algo que es ilegal, y nuestro derecho nos indica que las cláusulas nulas (en este caso ilegales, o contra la ley , moral u orden público) se tendrán por no puestas.
Efectivamente, ha estado muy acertada tu pregunta ¿Como ha conseguido la licencia de primera ocupación? La verdad, dicho sea de paso, en las condiciones que se encuentra, no debería haberla pasado. Según que Ayuntamientos, suelen ser muy estrictos con eso, se juegan mucho, y la nueva Ley de Edificación ha extremado las medidas. Ten cuidado con eso. ¿Tu has recibido de antemano una copia de la licencia de primera ocupación? Si no es así, pídela a la promotora. Es un documento público, que han de facilitar a cualquier interesado que lo solicite. En él figura un número de registro; con ello puedes acercarte a la Concejalía de urbanismo y obras de tu ayuntamiento y contrastar; plantea dudas y ponles colorados, porque si han dado una licencia de primera ocupación en esas condiciones... "algo huele a prodrido en Dinamarca!" Otra cosa muy distinta es que te quieran hacer firmar sin primera ocupación, solo con el fin de obra. Son cosas muy distintas, y has de informarte bien acerca del particular. Si bien no se suele dejar firmar escritura sin Licencia de Primera Ocupación, hay Notarías que hacen la vista gorda, y siempre que el particular esté de acuerdo, se puede firmar con el fin de obra, PERO SIEMPRE BAJO SU RESPONSABILIDAD, cosa que el particular desconoce. ¿Que quiere decir esto? pues que a partir de ese momento, tu como nuevo propietario, has de correr con los gastos que suponga todo lo que venga detras, incluida la emisión de la Primera Ocupación, lo cual ha de asumirlo el promotor.
Me da la impresión, al leer uno de tus comentarios, donde indicas cual es la cláusula rescisoria, que precisamente ha sido esa la causa de que hayan tenido tanta prisa en escriturar. Posiblemente, la cruz de esa cláusula es que, si entregan mas tarde, habrán de indemnizarte, cosa que no estarán dispuestos a hacer. Pero al fin y al cabo, NO HAN LLEGADO A TIEMPO. Aqui se te abren dos opciones: o demandarles, cosa que va a ser costoso en tiempo y dinero, o llegar a un acuerdo amistoso con ellos, en el que puedas pactar una indemnización minima por retraso, o algo similar, pero siempre que se comprometan a entregarte todo en perfecto estado de revista. No firmes en esas condiciones, BAJO NINGUN CONCEPTO. ES la manera que tienen los promotores de lavarse las manos, porque aunque tienes un año para determinar deficiencias que no consistan en vicios ocultos (para estos el plazo se puede ampliar) si el tema que nos ocupa afecta a cimentación y estructuras, la cosa va para largo. Y lo mas fácil es que te den largas con el fin de que el tiempo pase y no darte soluciones.
Otra opción es que le plantees, si la cosa se pone muy fea, que le vas a demandar por querer endosarte una casa que no cumple las condiciones mínimas, aunque sea en cualquiera de los anejos. Eso no es tu problema, que no te lo traspasen. Tienes derecho a que te den una vivienda digna. Pues solicítala. No te quedes de brazos cruzados.
Si tienes alguna duda mas, puedes escribirme a marisub@gmail.com, y en lo que pueda, te ayudaré encantada.
Espero haberte ayudado.
Recibe un cordial saludo
Editado por lebiram 08/10/2009 19:28
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