pues eso, que tengo que firmar un contrato de compra-venta de vivienda que me entregaran en sept. 2013, y ando un poco mosqueado con sus clausulas. Son varias, asi que intentare ser breve:
1.- "la parte compradora delega el derecho a elegir notario, a la parte vendedora, es decir a la promotora"
Referente a esto me he encontrado por internet el siguiente texto:
La elección del Notario ante el cual deba otorgarse la correspondiente escritura pública de compraventa corresponderá a la parte compradora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento Notarial y en el Real Decreto 515 de 21 de abril de 1.989, debiendo notificar a la parte vendedora el Notario de su elección por cualquier medio con una antelación mínima de siete días naturales a la fecha de otorgamiento de la escritura.
2.-- "La parte compradora, a la terminación de la obra, se compromete a escriturar tan pronto como sea requerido por la Promotora"
Entiendo q deben poner en el contrato que "hasta que el comprador no disponga de cedula de habitabilidad y licencia de primera ocupacion" no puede escriturarse.
3.-- "Gastos notariales, registrales y fiscales de compra-venta, serán por cuenta y cargo de la parte compradora"
esto lo veo poco claro, creo que puede matizarlo un poco mas
4.- No figura en ningún lado información referida al aval que proporciona la bbk sobre las cantidades aportadas. Creo que deberia figurar el aval, fecha de apertura, con su numero de poliza...
5- "El plazo de ejecucion son 25 meses, a contar desde sept 2011, se considerará ampliado en caso de que concurriesen circunstancias ajenas a la voluntad del promotor que impidiesen efectuar la entrega dentro del mismo.
La parte que por incumplimiento de las estipulaciones contractuales causare su rescisión, deberá indemnizar a la parte perjudicada con el 20% de las cantidades desembolsadas por el Comprador a la fecha de rescisión"
Esto es el apartado que mas miedo me da. ¿ si se retrasa el vendedor, como se yo que causas son imputables a él y cuales a terceros, que le puedo reclamar segun la clausula que quiere imponerme??
Puede decirme que por culpa del mal tiempo durante dos años, o por una huelga en el suministro del cemento, o porque la bbk le esta poniendo trabas al credito que tenia... al final veo que si se retrasa me la tendre que envainar.
Prometi ser breve, y no lo he conseguido. Gracias al que se haya leido todo este sermon, y mas al que pueda orientar un poco.