Muchas gracias por vuestra respuesta. Tengo algunas dudaas al respecto de algunos puntos de vuestra respuesta, y no se si podriais resolvermelas
1)No entiendo del todo el primer parrafo: aunque encontrarías dificultades de comprarlo como cuerpo cierto, deberías encaminarlo a que los defectos siendo generalizados se incrementan, y el objeto de contrato se incumple solicitando la reparación.
Quizas debido a ese problema de humedad identificado antes de la compra el contrato de compraventa no se puede realizar legalmente a no ser q se aborde y solucione el problema? Por que se incumple el objeto de contrato solicitando su reparacion?
2)Las responsabilidades siempre descansarán en este caso en el vendedor.
El vendedor es el propietario del piso o el Api ?
3) Entiendo que esa reclamación que efectues , debes realizarla desde antes de escriturar y a posteriori, independientemente de que un técnico de reconocida solvencia estudie el problema, máxime por si pudiese ser generalizado, a lo que te ayudaría incluso, que ese técnico lo visitase previamente.
Recomiendas que inicie una reclamacion con el vendedor referente a la humedad antes de escriturar, y despues de escriturar . La reclamacion debe de ir dirigida al vendedor por lo que dice arriba. Pero antes de la compra tendrian la obligacion de atender a esa queja?
En paralelo visitarlo con un tecnico que valore si es un problema generalizado de toda la fnca o solo de ese piso. El informe valdria como base a la reclamacion imagino, no¿?
Gracias de nuevo por cualquier informacion al respecto. Un cordial saludo