Buenos días, me gustaría contactar con los vecinos de la promoción de Skyline Aravaca, para comentar y compartir los asuntos que nos puedan interesar referidos a la promoción.
Comentaros que estamos un poco decepcionados con los precios que ha pasado la constructora de las mejoras. Nosotros finalmente hemos decidido no realizar con ellos prácticamente ninguna modificación porque nos parecen excesivos los presupuestos en todas las partidas.
He encontrado esta información en internet que resulta interesante:
NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 7/2012 Inversión del sujeto pasivo en ejecuciones de obra […> Las ejecuciones de obra para construir viviendas tributan en IVA a tipo reducido. Pero ha sido doctrina de la DGT (Dirección general de tributos) que del tipo reducido solo podían gozar las ejecuciones de obra llevadas a cabo hasta la finalización de la construcción, tomando como fecha de finalización la del otorgamiento de la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación; a partir de este momento, cualquier aunque tuviese como objeto la reparación de deficiencias en las obras llevadas a cabo por el constructor, se tomaban como “obras de reparación”, y no como “de construcción”, no pudiendo ser facturadas a tipo reducido, sino general.[…>
Según esto le aplicaría el IVA reducido siempre y cuando no haya cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación
Un saludo.