Creo que a alguien del foro le dijeron en Premier que la máquina tenía que ir en la cubierta por ley. Pero la legislación dice lo siguiente:
Artículo.-33 Los edificios de nueva construcción o en reestructuración total deberán
dotarse de preinstalación de aire acondicionado que cumpla el artículo 32 de esta Ordenanza,
siendo preferible la previsión de colocación de la(s) unidade(s) condensadora(s) en cubierta
convenientemente instaladas, insonorizadas y apantalladas. En cualquier caso, deberá
comprobarse, durante su instalación real, el cumplimiento de los artículos 89 y 90 de esta.
Vamos, que es preferible ponerla en la cubierta pero no obligatorio. Si finalmente las ponen en las terrazas veremos a ver cómo de insonorizadas y apantalladas quedan, a parte que, estéticamente, no creo que vaya a quedar muy bien tener la dichosa rejilla en cada terraza.
Esperemos estar equivocados y que finalmente las pongan en la cubierta.
Editado por senul 10/03/2017 18:07