Vamos a ver...
Si el piso está a tu nombre desde que eras soltero, sigue siendo tuyo exclusivamente auque te cases en gananciales. Es cierto que lo que compréis a partir de ahora es de os dos,pero éste piso lo compraste cuando eras soltero. Lo que estás haciendo ahora es PAGARLO, no COMPRARLO, por lo que es un bien privativo tuyo.
Tu mujer no se podrá deducir nada si hacéis declaración individual, Si la hacéis de manera conjunta, en realidad lo que deberás poner al rellenarla es que tu has pagado la totalidad de las cuotas. (es decir, en éste caso el diner de tu esposa es común y lo podéis utilizar para pagar el préstamo.)
Para que tu mujer se pudiera deducir individualmente, tendrías que traspasarle mediante escritura una parte proindivisa de la vivienda. ahora es tuya al 100%, y si queréis ir a medias le deberías pasar el 50%. Lo malo de esto son los impuestos que hay que pagar..)
Otra cosa y ya para terminar, hoy la vivienda es tuya al 100%. Si mañana la vendes, el dinero resultante es de los dos al 50%.
Espero haberlo explicado bien.
Un saludo