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rubiyluis
23/09/2005 10:37

m2 legales para los trasteros

¿Existe una ley que regule los m2 legales de los trasteros?

19.880 lecturas | 20 respuestas
Buenas!

Me gustaria saber si existe alguna ley que haga referencia a los m2 legales que tienen que dar a los trasteros. Tenia entendido que lo legal son 5m2 y he preguntado a la inmobiliaria donde hemos comprado un piso con trastero y me dicen que el trastero tiene 3m2 y yo quiero saber si eso esta bien, si es legal que den trasteros con esos metros o si tengo derecho a reclamar.

Gracias!
 
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Tuporaky70
17/10/2005 12:51
kk
 
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re_
17/10/2005 12:43
Siento contradecirte de nuevo.

ILEGAL ES siempre que en el proyecto básico entregado y visado en el ayuntamiento NO VENGA CON DICHA SUPERFICIE...INSISTO EL VISADO Y SELLADO POR EL AYUNTAMIENTO Y QUE SE ENCUENTRE EN SUS DEPENDENCIAS (es de acceso público)..que nunca coincide con el final de obra o el básico que nos enseñan...aunque esté visado.

La única forma de saber si es legal o no es consultar el plano y el cuadro de superficies edificables EN EL MISMO AYUNTAMIENTO!!! Y creeme...nunca coincide con la realidad...nunca he trabajado en un estudio que rechaze 1 vivienda por 3 trasteros más grandes...sería la primera vez.

YO ESTOY CONVENCIDO QUE ESOS TRASTEROS A LOS QUE OS REFERÍS SON O HAN SIDO ILEGALES (POR 4 AÑOS)...PIENSA QUE EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NO ACTUA DE OFICIO Y EL NOTARIO (SIEMPRE ÍNTIMO DEL PROMOTOR) SIEMPRE ADUCIRÁ A INCORRECIÓN DEL ARQUITECTO EN CASO DE QUE LE CAZEN VENDIENDO PROPIEDADES NO COMPUTADAS EN LA PARCELA...DATE CUENTA QUE EL AYUNTAMIENTO NO TIENE EN SUS COMPETENCIAS EL CONTROL DE LAS ESCRITURAS DE PROPIEDAD...SÓLO LAS SOLICITA EN CASO DE DENUNCIA O INCORRECIONES DURANTE LA INSPECCIÓN...

INSISTO MIRA EL CASO DE KIKIVE....Lo realmente escandaloso de esto.. es que el arquitecto/constructor/promotor y notario están incurriendo en delito...y están instigando a un tercero que actua de buena fe a cometerlo...

El arquitecto visa planos con 5 m² utiles de trastero
El constructor los prepara subdivididos con un tabique
El notario los escritura en su totalidad los 12 m²
El inspector del ayuntamiento comprueba la "realidad" de 5 m²
El promotor los vende como de 12 m² y además insta al cliente a que lo haga...lo que consecuentemente..es el mayor delito al instar a cometer falta a un tercero inocente.

Pensad si quereis que son legales..pero NO LO SON...al menos por 4 años. En el caso de kikive por lo menos.

En referencia a la pregunta de Rubi Luis... el no pregunta por los mayores de 6 metros..sino por los menores...menores pueden ser siempre......mayores podrían serlo siempre que computen en edificabilidad...si no es así SON ILEGALES.
 
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re_
17/10/2005 12:01

perdón por insistir..pero despues de leer el anterior post lee el de kikeve en este mismo tema.......(te lo adjunto)

Asunto
RE: m2 legales para los trasteros Remitente
kikeve® Enviado
4/10/2005 14:05
mi trastero es de 12m2 aunque tiene un tabique que lo deja en algo más de 5m2. Me han dicho en la promotora que cuando hagan la inspección y me entreguen el piso puedo tirar el tabique y tener los 12m2 de trastero.
No estoy muy enterado pero esto es lo que me han dicho.


¿¿¿¿SEGUIMOS DUDANDO DE COMO FUNCIONA ESTA GENTE????
 
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re_
17/10/2005 11:43
a ver

Claro que puede haber trasteros mayores que esos...
La mayoria de veces por neglicencias, errores de diseño o incluso (y esa es la práctica más habitual) por DELITOS URBANíSTICOS ¿por qué la constructora en plano ha propuesto trasteros de 6 m² construidos y luego lo altera?...¿como es posible?...

La edificabilidad o superficie edificable no tiene NADA QUE VER CON LA SUPERFICIE UTIL O CONSTRUIDA DE LA VIVIENDA.
En realidad la edificabilidad es un cómputo urbanístico que estipula la máxima superficie a edificar en una parcela....( SE MIDE DESDE EL PERIMETRO DE FACHADA Y TIENE NUMEROSOS EPÍGRAFES DE EXENCIÓN COMO LOCALES DOTACIONALES, HUECOS, TERRAZAS, TENDEDEROS O TRASTEROS...EXENCIÓN ABSOLUTA DE LOS GARAJES..ETC)

Para que te hagas una idea los tendederos NO COMPUTAN como superficie edificable siempre que midan menos de 3 m², las terrazas 50%,75% o el 100% de su superficie en función de si están o no cerrados por 2,3 o 4 lados
...los huecos mayores de 1,5 m² en los forjados (ascensores,patinillos instalaciones,etc) tampoco computan...etc..(eso en el PGOUM).

Entonces concluyes que un diseño negligente del arquitecto con tendederos mayores de 3 m², o trasteros mayores de 6m² construidos IMPLICA QUE SE ESTÁ DESAPROVECHANDO LA EDIFICABILIDAD DE UN INMUEBLE ...LA SUPERFICIE DE VIVIENDAS QUE SE PODRÍA USAR EN DICHA PARCELA...

Estas medidas de cómputo de edificabilidad son en realidad mejoras en la calidad de una vivienda...
Tu piensa que un trastero de 7 m² y un tendedero de 4 m² implicaría que si tienes 50 viviendas tienes en realidad unas perdidas de edificabilidad de 550 m² edificables!!!!
Aunque en realidad sólo has utilizado EXTRAS 100 m² , con 6 m² y 3m² no perderías ni un m² de edificabilidad y el mismo uso puede ser realizado.

Esos trasteros de + de 6 en nuestra OPINIÓN...y me refiero a Knc_arquitecto y para mi... ES INCORRECTO DISEÑO y NEGLIGENCIA PROFESIONAL AL NO VALORAR LA SUPERFICIE EDIFICABLE COMO EL LUJO QUE ES EN LA REALIDAD. Y EN LOS CASOS QUE NO ES NEGLIGENCIA ES DELITO!!!!!

¿DELITO?????????
Si...... abuso y mala fe con que estas medidas son utilizadas por constructores... Es muy típico SOLICITAR LA LICENCIA CON TENDEDEROS (que no computan si son menores de 3 m²) y luego vender la propiedad sin tendedero al haberlo incluido en la vivienda, particularmente en la cocina...ESO IMPLICA ENGAÑAR AL AYUNTAMIENTO EN (si hablamos de 50 viviendas) EN 150 M²..convirtiendo una edificabilidad de 1000 en 1150...POR LA CARA. O en vuestro caso que hablais de 12 m²..no me extrañaría que en la licencia hubieran solicitado los trasteros con 6 m² y luego los hayan cambiado despues de la inspección duplicando su precio y NO computando en edificabilidad.
Otro clásico es vender como local comercial un local dotacional en viviendas plurifamiliares (la sala de asamblea..el gimnasio..etc) ESO SUPONE QUE COMO DOTACIONAL NO COMPUTA PERO AL VENDERLO A UN TERCERO DEJA DE SER DOTACIONAL!!!!__incrementando lógicamente la edificabilidad en los m² propios de dicho local.

¿¿¿LEGALIDAD???
Otra cosa es la legalidad...Alguien si quiere, puede hacer un contrato de esclavitud ...y sería legal....
Un garaje en el que residas y que ni de coña cumple la normativa se puede convertir en vivienda pasados 4 años (ley prescripción de delito urbanístico)...

Legal es si en la Licencia de Obra y en el proyecto entregado al ayuntamiento SI vienen recogidas esas perdidas de superficie edificable en el trastero..12m² por vivienda según decís...LO HABITUAL ES QUE NO SEA ASÍ Y SE HAYA INCREMENTADO LA SUPERFICIE EDIFICABLE DEL SOLAR POR DICHOS METROS....(si hablamos de 50 viviendas) unos 600 m²!!!!
ESO IMPLICA QUE SI ALGUIEN DENUNCIA EL CASO O SE INTERESA EL AYUNTAMIENTO PERTINENTE EN LOS 4 PRIMEROS AÑOS....y aqui viene lo fugaz de la administración...ESOS TRASTEROS SON ILEGALES POR MUCHA ESCRITURA DE PROPIEDAD QUE POSEAS.!!! EL AYUNTAMIENTO PODRÍA PRECINTAR EL USO POR INCUMPLIMIENTO URBANÍSTICO.........
Si os sirve de algo os diré que sólo he visto ese tipo de precinto un par de veces...

Felicitando a los propietarios de trastero de + de 6 m² y más de 4 años de antiguedad.
Y esperando que disculpes nuestra tozudez...y entiendas que knc y yo hablamos desde el desenfoque profesional...

Un saludo

re_
 
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re_
17/10/2005 04:09
Lo dicho... tenía razón knc
 
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re_
07/10/2005 20:06
Normativa del Plan General (PGOUM)
TÍTULO 7. RÉGIMEN DE LOS USOS
CAPÍTULO 7.3. Uso residencial.
Artículo 7.3.4. Programa de vivienda (N-2)

d) Trastero: Pieza no habitable destinada a guardar enseres de la vivienda.
No computarán como edificabilidad, en categoría de vivienda colectiva, las zonas destinadas a trasteros que cumplan las siguientes condiciones:
- Que estén situados en plantas bajo rasante o bajo cubierta.
- El acceso a los trasteros se resolverá única y exclusivamente a través de zonas comunes del edificio.
- El número máximo de trasteros será uno por vivienda.
- La superficie construida de cada trastero será como máximo de seis (6) metros cuadrados.
- La superficie del conjunto de los trasteros más las zonas de distribución a los mismos, no computable a efectos de edificabilidad, será equivalente a 8 x nº de trasteros admisibles.
- Cada trastero se considerará como uso asociado a una vivienda concreta, debiendo quedar constancia de tal carácter en el acto de otorgamiento de la licencia.
Esta condición deberá tener constancia en el Registro de la Propiedad a tenor de lo dispuesto en el art. 307.4 de la Ley del Suelo.
- Las condiciones de protección contra incendios se atendrán a lo dispuesto a tal efecto en la Ordenanza de Prevención de Incendios.

Lo podeis encontrar en:
http://www.munimadrid.es/Principal/monograficos/urbanismo/index.html

Un saludo, especialmente a knc

pd: respecto a lo de medir más o menos... no os compliqueis la vida...las inspecciones son breves y fugaces...y los delitos urbanísticos tienen un plazo de prescripción muy fugaz.
 
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rubiyluis
05/10/2005 08:34
Pues no, no los conozco jeje.

Asique en realidad no ahi nada legal en el tema, no?

Bueno, pues nos kdaremos con los 3 m2.

Saludos
 
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sandimm
04/10/2005 20:53
¿¿rubi y luis??
perdonad que me meta en el tema de los trasteros, pero...no sereis amigos de maria y marc?< ?
 
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kikeve
04/10/2005 14:05
mi trastero es de 12m2 aunque tiene un tabique que lo deja en algo más de 5m2. Me han dicho en la promotora que cuando hagan la inspección y me entreguen el piso puedo tirar el tabique y tener los 12m2 de trastero.
No estoy muy enterado pero esto es lo que me han dicho.
 
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knc
28/09/2005 16:24
A ver si me acuerdo, lo escaneo y te digo donde lo pongo, es q creo q no está en internet pero no lo sé.
 
K
knc
27/09/2005 23:14
Para patri_manu:
Mira, ignorante, si lo digo es pq lo sé pq soy arquitecto y sé de lo q hablo y si no te miras la normativa del plan general de la ciudad de Madrid.
Si tengo tiempo te lo escaneo el artículo y te lo pongo para q te lo descargues, listo/a.

Y a ver si te crees q el técnico se pone a medir todos los trasteros uno a uno...
 
P
patri_manu
27/09/2005 00:55
nadie se salta la normativa porq pasa por una inspecion,es decir te miden tu casa y tu trastero(y garaje si procede) para saber los metros q tienes para pagar luego el catrasto.
lo q pasa q aqui se oye algo y se dice q es una normativa en fin.
 
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pipotas
26/09/2005 22:40
¿que ley es esa que habla de los trasteros?.Mi piso es promovido por el Ayto.Madrid (EMV) y me han puesto el trastero de 7m.Es raro que el propio Ayto. se salte la normativa, o no tan raro.....
 
K
knc
26/09/2005 22:34
Yo solo digo lo q dice la normativa al respecto, q luego se cumlpa o no es otra cosa...
 
C
carlosa
26/09/2005 21:12
2m??? y ahí que metes? la escoba y la fregona na más?
 
P
puesvaya
24/09/2005 13:32
Mi trastero tendrá 2m más o menos, así que conformate.
 
P
pipotas
23/09/2005 20:54
Pues mi trastero tiene 7 metros y está en Madrid (y los trasteros de mis vecinos algunos pasan de 8 metros).
Asi que me parece a mi que lo de los metros "legales" en un trastero es una bola....
Tampoco deberían ser legales los pisos de 20 metros y ahí están!!!. Lo de reclamar no lo veo muy claro, vamos. Si pagas 3 metros cuadrados de trastero, ¿cuantos metros quieres que tenga?.Otra cosa es que hayas pagado más.
Saludos.
 
P
patri_manu
23/09/2005 18:35
en getafe
 
P
patri_manu
23/09/2005 18:35
eso de los 6m2 nose si sera verdad,porq mis padres tienen un trastero de 12m2 de obra nueva.
 
K
knc
23/09/2005 18:23
La única ley es q no pueden tener más de 6 m2 en MAdrid. Pero pequeños pueden ser lo q la promotora quiera.

Un saludo.
 

Fin del hilo
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