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akiandamos
13/07/2006 00:08

Duda con Registro propiedad en sorteo VPO

¿Qué significa ser titular de pleno dominio, nula propiedad o usufructo en la solicitud de VPO?

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Buenas a todos, hace poco se han sorteado viviendas de protección oficial en la localidad donde actualmente vivo y donde estoy empadronado desde hace 20 años. Gracias a dios, me ha tocado uno de estos pisos, pero a la hora de firmar, la empresa que gestiona todo este asunto, ha visto que tengo bienes inmuebles a mi nombre en el Registro de la Propiedad y han decidido posponer mi fima hasta que no se estudie mi caso en Septiembre.

A continuación os explico cual es:

Mi madre falleció y por dejar las cosas bien, hicimos declaración de herederos, con lo cual, mi padre tiene un 50% + usufructo de la vivienda, y mi hermano y yo tenemos el 25% del pleno dominio y de la nula propiedad de la vivienda. A parte, tenemos una casa, a 100 kms de distancia (lógicamente no la utilizamos para nada) en otra comunidad autónoma que también pertenecia a mi madre, pero no existia contrato fisico de ello, sino verbal, tambien por dejar las cosas bien hechas, adquirimos entre mi hermano y yo el total de la casa repartido al 50% cada uno.

Según las condiciones de la solicitud que entregué, en uno de los puntos se especifica lo siguiente:

No ser titular de pleno dominio o de la nula propiedad o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna vivienda libre en el territorio nacional cuando su valor exceda del 40% de la vivienda que se pretende adquirir.

Es aqui donde tengo mis dudas, en mi caso, debido al fallecimiento de mi madre, todo es debido a un motivo circunstancial no deseado, como es la pérdida de una madre y en la condición en la que te encuentras, para dejar todas las cosas bien atadas.

Se supone, que este tipo de comprobaciones se realizan para no otorgar pisos de VPO a gente que ya tenga algún otro piso, pero en mi caso, no tengo nada.

A que se refieren con el término, titular de pleno dominio, o nula propiedad, o usufructo???. Se refieren a ser titular al 100% o a ser titular de alguna parte??. Que puedo hacer al respecto?.

Un saludo a todos y perdonar lo extendido de mi caso.

Gracias de antemano.

 

Fin del hilo
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