La entrega debe ser y tiene que cumplir con lo estipulado en contrato interpartes, por lo que se espera que sea para Septiembre, todo lo que sea a partir de esa fecha entra en el concepto de mora en la entrega de la vivienda, lo que acarrea un daño que debe ser resarcido al comprador(salvo casos especialmente tasados y justificados con argumentos oficiales y solidos)
Mi consejo: independientemente de la marcha del edificio, toca esperar. No obstante y dado que has comentado que parte del edificio no va tan avanzada, decirte que para la entrega el edificio debe tener licencia de primera ocupación, y no se otorgará si el mismo no esta terminado y/o carece de los servicios obligatorios (luz, agua,etc), ten esto muy presente.
Un saludo, a tu entera disposición.
Jesús Martín
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