NO A LA ANTENA EN NUESTRO EDIFICIO
¿Es necesario pagar 12€ por vecino-mes para colocar una antena de telefonía móvil?
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Las cuentas de nuestra comunidad son suficientemente solventes como para colocar todas las mejoras votadas hasta el mes de julio, sin necesitar la pirrica cifra de 12€ por vecino/mes . Nuestra salud no tiene precio , y menos 12 €/mes y una pista de padel que nosotros mismos podriamos finaciar sin aumento sensible de cuota mensual.¿Ademas quien quiere una pista de padel?
Prefiero no pensar que halla vicio oculto detras de la antenita, ni primas o comisiones...
Prefiero pensar que es la ingenuidad de algun vecino que valora su salud y la de sus vecinos muy poco, tentado por dinero facil, baja estima tiene de si mismo 12€/mes.
¿Por favor adonde vamos con 12€ al mes por vecino? ¿por esa cantidad quien quieren romper la convivencia y la buena vecindad?
Si no desea lo malo para ti tampoco para el vecino de enfrente (aparte de que los mas afectados seriamos nosotros mismos dado la forma de nuestro edificio.
Tenemos una asociacion de vecinos, se puede contactar conlos otros edificios y protestar en bloque. Que pongan la antena a 100 m que la pongan donde RENFE.
Valoremonos mas a nosotros mismos, no nos traicionemos por 12€ l mes, por ni por 1200 al mes. DIGNIDAD!!
Antenas y normativa
Las microondas emitidas por antenas de telefonia son ondas y se mueven como tal.Tiene direcionalidad pero avanzan de forma esferica, generando campos electromagneticos concentricos. Siempre afectan con mayor intensidad al que tienen mas cerca. Nuesestro edificio en forma de "doble L" hara ademas que una de las hileras siempre sera afectada de forma directa.
Muchos países y ciudades, como Suiza, Italia, Suecia, los Países del Este (que llevan décadas investigando este tema), ciudades Australianas, la ciudad de Toronto (en Canadá), Salzburgo (Austria), y últimamente algunas ciudades españolas, han establecido normas que obligan a situar las antenas a 100, 200 e incluso 500 metros de lugares habitados.
¿Mayoría necesaria?
UNANIMIDAD. Según los artículos 12 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal , cualquier alteración de la estructura del edificio o de las cosas comunes afecta al título constitutivo, y requiere el voto favorable de todos los propietarios. Aunque solo un propietario se opusiera, no podría adoptarse validamente el acuerdo.
En este caso ¿la instalación de una antena de telefonía móvil y sus elementos anejos altera la estructura del edificio?. En principio, se va a añadir un sobrepeso de varias toneladas (4 a 8 Tn, segun modelos). Deben estudiarse bien los puntos en los que se va a apoyar ese nuevo elemento. Y desde luego, en la mayoría de los casos, se producirá una fuerte alteración visual de la fachada del edificio. Modificacion estetica de zonas comunes.
Todos estos elementos hacen que, sea exigible la unanimidad para la adopción del acuerdo de instalación de la antena de telefonía móvil (no hay que confundirlo con la instalación de una infraestructura común para el acceso de los propietarios del inmueble a servicios de telecomunicación, ya que en el caso de la antena, el servicio se va a prestar a terceros ajenos al inmueble).