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r_e
r_e
07/10/2010 13:50

No no, por supuesto que percibes ayudas, pero para mi, por debajo del 2,5% no cabe ninguna duda de que compensa el convenido. Por encima, ya es cuestion personal.

A eso es a lo que me refería

 
dnpolo
dnpolo
07/10/2010 13:15

Lo se, es como tu bien dices, te dan mas ayudas si no pasas de 2,5 que si estas entre el 2,5 y el 3,5. Aún así, y para mi gusto, compensa.
Citaba el comentario de R_E ya que según su comentario puede generar dudas y creer que si ganas más 2,5 del IPREM no percibes ayudas, y eso no es correcto.

1 saludo.
 

 
Cron
Cron
07/10/2010 12:56

Hay dos escalones de ayudas: para <2,5 IPREM y para gente entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM. Lógicamente, para los que cobren menos de 2,5 veces, las ayudas son mayores.

 

Saludos

 
dnpolo
dnpolo
07/10/2010 12:43

r_e dijo:

Mi opinión es que si ganas menos del 2,5% del iprem, de cabeza al convenido porque las ayudas compensan. Siempre que tengas ahorrado para la 2ª plaza.

Si no, es cuestión de echar numeros.

Supongo que te has equivocado( espero) y te refieres a menos de 3,5 del IPREM, que es el límite para obtener las ayudas al elegir el préstamo convenido

Un saludo
 

 
r_e
r_e
07/10/2010 11:45

Os pego un extracto del texto del plan de vivienda

Cita:

El tipo de interés efectivo anual inicial será acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito, elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175, establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, publicado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de 10 de abril del mismo año.

El tipo inicial así determinado, redondeado a dos decimales, tendrá vigencia, al menos, hasta la finalización del año 2005. En el primer trimestre de cada uno de los años 2006, 2007 y 2008, así como a partir de 2009, inclusive, se volverá a revisar y, en su caso, a modificar, dicho tipo de interés efectivo inicial, aplicando el mismo procedimiento.

El tipo de interés efectivo resultante será de aplicación a los nuevos préstamos convenidos que se concedan y a todos los préstamos convenidos concedidos con anterioridad, en el marco de este Real Decreto, desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación del citado tipo de interés en el «Boletín Oficial del Estado».

 

Luego un link interesante:

http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=396&Itemid=67

Y un enlace para que veas los tipos:

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/03/22/suvivienda/1269264317.html?a=OUT21d2819913da9cbd6c862b03223293f9a&t=1286444626

Un saludo a todos y a darle al coco a ver cual compensa más.

Mi opinión es que si ganas menos del 2,5% del iprem, de cabeza al convenido porque las ayudas compensan. Siempre que tengas ahorrado para la 2ª plaza.

Si no, es cuestión de echar numeros.

 
Axel_
Axel_
07/10/2010 10:35

Esto es lo que he encontrado y más o menos también explica las diferencias de uno y otro;

 

http://www.todoexpertos.com/categorias/dinero-y-servicios/hipotecas/respuestas/1739066/hipoteca-con-euribor-o-irph

 

La mayoría de préstamos hipotecarios de tipo variable se referencian al euribor, por lo que el IRPH conjunto de entidades (que no es más que la media de tipos ofertados por el conjunto de entidades financieras) está indirectamente ligado al euribor.

Con esto quiero decir que si el euribor sube o baja, el IRPH también lo hace. Eso sí, con mayor retardo, dado que el impacto de las variaciones del euribor en la media de tipos de los préstamos se traslada al IRPH varios meses más tardes. Por lo que puede deducir que el IRPH es menos volátil, las variaciones de los tipos le afectan en menor medida.

También, el IRPH es más alto que el euribor, pues las entidades finanacieras no conceden préstamos al tipo del euribor, sino que le añaden un diferencial (el 0,35 que le ofrecen en un banco, por ejemplo), y por lógica si el IRPH es un promedio, absorbe también este diferencial.

Para que se haga una idea visite esta página web donde puede ver la evolución de ambos índices

http://www.arpem.com/financia/intereses/euribor-ceca-irph.html

, y sacar sus propias conclusiones.

 

Bueno yo creo que todavía lo tendré que madurar, aunque la verdad, no queda mucho tiempo...

 
Axel_
Axel_
06/10/2010 21:53

Muchas gracias r_e,

Entonces volveré a hacer números, porque si es como dices, más o menos un 91% del IRPH y suponiendo que más o menos el IRPH está a un 1 punto por debajo del Euribor y que más o menos puedes obtener un diferencial del 0,5...

Tendré que hacer cálculos, porque supongo que dependerá de lo alto que esté el euribor, pero vamos me has ayudado mucho.

 

Un saludo y gracias!!

 
r_e
r_e
06/10/2010 21:04

Dejadme que le eche un vistazo al tema y confirme.

Cron, mañana te pongo un enlace, pero los tipos son los que te he puesto, eso seguro. Y ahora mismo lo harías al 2,6%

 
r_e
r_e
06/10/2010 21:00

Buenas,

No es que sepa de esto, de hecho no tengo ni idea, pero os cuento de lo que me he ido informando para mi propio interés, y ya que me entero pues a ver si a vosotros os puedo ayudar :-)

Según nos comentaron en Covibarges, al subrogarte al prestamo convenido, estás exento de pagar el IAJD. (Impuesto de actos juridicos documentados).

Según tengo entendido, los gastos de notaría, registros, etc, son a parte.

Lo que me dijeron es que eran unos 3-4 mil euros, y yo no quito mano. Pero según he podido entender, el IAJD para viviendas nuevas de menos de 180mil, sería un 0,5% del valor de escrituración. Así que no creo que llegara en ningun caso a los 1.000€ (pero esto ya es de mi cosecha) Y ademas la informacion es confusa, ya que hoy he leido que al ser VPP, la comunidad de madrid ha aprobado una ley que exime de pagarlo.

 
Cron
Cron
06/10/2010 20:52

r_e, nos puedes decir de dónde podemos sacar los tipos de interés para préstamos convenidos? En la web del ministerio de vivienda no he sido capaz de encontrarlo.

 

Por otro lado, hay que tener en cuenta que con un préstamo libre se puede conseguir el 80% del valor del piso completo sin IVA. Hay que preguntar cuál es el valor del piso, porque en algunos bancos te hablan del menor entre el valor de tasación y el de compra-venta. En otros bancos, como en ING, te dicen que es el valor de tasación, que probablemente se corresponda con el tipo máximo que propone la CAM para las VPO. En este caso tendríamos ventaja.

Sin embargo, con el convenido solo nos dan el 80% del valor del piso+trastero+ una sola plaza de garaje, y por lo que tengo entendido, al menor entre tasación y compraventa. Es decir, tenemos que pagar de golpe el IVA, los gastos relacionados con la compra-venta y el resto que nos queda de la 2ª plaza de garaje!!

 

Evidentemente, hay que hacer muchos números.

 

Saludos

 
Sorteo_Covibar
Sorteo_Covibar
06/10/2010 18:26

Hola r_e

como te veo muy puesto en estos temas, por favor, ¿podrías explicar con más detalle por que no hay que pagar IAJD en préstamo convenido?

Yo tenía entendido que a entrega de llaves, habría que pagar el IVA del préstamo más unos gastos notariales que serían el 1,5% del precio del piso aprox.

¿Te refieres a estos gastos o se trata de otros?

Muchas gracias por tu ayuda

 

 
r_e
r_e
06/10/2010 17:45

Hola Axel_

El tipo de interes de los prestamos convenidos no es el IRPH. Está basado en el.

Hay que calcularlo con una formula matemática.

Es aproximadamente un 91% de la media del IRPH de los ultimos 3 meses, de antes de que se establezca.

El tipo es establecido por el consejo de ministros, en teoría anualmente, pero no siempre es así. Y pueden mantenerlo un par de años o más.

Desde el 2007, el tipo de interes para los prestamos convenidos enmarcados en el plan de vivienda 2005.2008, que es el que aplica a vuestras casas ha sido:

2007:5,09%

2009:4,01%

2010:2,6%

 

Para que no os lleve a confusion:

El IRPH en octubre de 2008 era el 6,25%.

El Euribor en octubre de 2008 era el 5,25%

El tipo de interes para prestamos convenidos en octubre de 2008 era el 5,09%

Si hubieras abierto una hipoteca en octubre de 2008:

-P.Convenido: 5,09%

-Libre: (pongamos un diferencial bajito, de los que todavia se daban por aquel entonces) 5,25% + 0,5= 5,75

Una hipoteca de 130.000€ a 25 años te hubiera salido:

-P.convenido: 766,69€

-Libre: 817.83€

 

A octubre de 2010, el euribor está a 1,42% y el tipo convenido al 2,6%

La misma hipoteca de 130.000€ a 25 años te saldría:

-P.Convenido: 589.77€

-Libre (diferencial +0.65, que es a dia de hoy muy bueno) : 555.45€

 

La pregunta es: ¿Por cuanto tiempo estará el Euribor tan bajo?

Sólo de IAJD hay que pagar 3-4mil euros que te ahorras con el prestamo convenido.

Luego hay que contar pros y contras de las ayudas, como ya se ha comentado.

Es una elección personal, pero ninguno es tan bueno ni tan malo!

 

Saludos

 
Axel_
Axel_
06/10/2010 16:45

Buenas, he estado mirando el IRPH, que es el % que nos aplicarían en el caso de hipoteca convenida, la que se supone es más ventajosa, he encontrado un gráfico que va desde Junio del 99 hasta el año pasado y se ve la diferencia que hay entre el IRPH y el Euribor y SIEMPRE el IRPH ha estado por encima!!!! (y se supone que es un préstamos que nos "beneficia", aunque no sea para arruinarnos antes no me lo explico).

 

Esta es la web, echárla un ojo si quereis;

 

http://www.euribor.com.es/2009/03/05/el-euribor-bien-gracias-pero-%C2%BFque-pasa-con-el-irph/

 

Bueno donde antes dije digo, ahora digo Diego... Es decir que me estoy pensando muy seriamente el hacerme una hipoteca "libre", ya que el interes en los últimos años del IRPH ha sido menor una media superior a 1% que el del Euribor, osease que si nos cojemos una hipoteca con Euribor + 0,5 o 0,45 saldremos ganado y bastante.

 

Un saludo y si alguién se entera de más hipotecas libres que las ponga please.

 

;.)

 
Sorteo_Covibar
Sorteo_Covibar
04/10/2010 12:41

Vaya, pues entonces yo no lo tenía tan claro . ups!!

Mil gracias por la información, Covibar999, r_e y Cron...seguiremos echando cuentas!!

 
Cron
Cron
04/10/2010 11:09

El cheque vivienda no hace falta devolverlo si la venta es a partir de los 5 años.

Con el préstamo convenido, la duración del régimen legal de la vivienda será de 30 años, a contar desde la fecha de la calificación definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria. Es decir, que será de protección oficial durante 30 años. Esto limita el precio de reventa. Además, no se puede vender durante los 10 primeros años, salvo las excepciones lógicas.

 

Si se recibe la Ayuda Directa a la Entrada, no se pueden hacer amortizaciones parciales ni total del préstamo convenido durante los primeros 5 años. Eso implica también que no se puede cambiar de hipoteca. A menos que se reintegre la ayuda con sus intereses correspondientes.

 

No parece que haya limitaciones de este tipo adicionales por recibir la subsidiación del préstamo convenido.

 

Cualquier duda en http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587589564&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

y en  http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142587774281&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

 

Saludos

 
r_e
r_e
04/10/2010 10:23

Buenas a todos,

Aclararos que, según tengo entendido, no hay que devolver las ayudas si vendes la casa despues de 5 años.

Descalificar, es otro tema. Pero venderla, puedes venderla sin perder las ayudas.

Descalificar, es entendido como pretender hacer negocio, comprando a precio protegido y vendiendo a libre, por lo que te hacen sudar sangre para conseguirlo. Y salvo en casos excepcionales, me parece bien.

Contad que con un prestamo convenido no se paga IAJD, que con uno libre ascendería a unos 3-4k euros.


Espero haberos ayudado!

 
Cron
Cron
04/10/2010 10:10

También quería hacer ver que las ayudas derivadas de la hipoteca convenida dependen del gobierno central, y no de "Esperancita". La ayuda que da el gobierno de la CAM es el cheque vivienda, que se puede solicitar tanto con préstamo convenido como libre.

 

Saludos

 
C
covibar999
04/10/2010 09:07

Hola Sorteo Covibar:

Por supuesto que todas las opiniones son respetables porque carda una tiene su interpretación y su visión personal.

Por supuesto que en caso de querer vender la vivienda tendrás que devolver las ayudas, con intereses, etc., pero vamos en general no creo que quien se mete en una VPPB piense en vender, por que en el supuesto de que no pidas ayudas, también tendrás que "liquidar" antes otras ayudas no escritas. solicitar permiso para la venta, justificarla por razones objetivas, (cambio de ciudad, etc.) y vender a un precio que te marca la Comunidad, etc. No existe el precio libre, es la hipoteca libre, lo cual no  exime de estas cuestiones.

Evidentemente se paga a Hacienda lo que corresponde, y esto no depende de "Esperancita", sino del Gobierno de la Nación. (A cada uno lo suyo)

Naturalmente cada uno puede hacer lo que quiera, faltaba más, pero hechar cuentas ahora de lo que se puede necesitar o desear dentro de quince, veinte o treinta años, pues que quieres que te diga "largo me lo fiais".

Un saludo muy cordial.

 
Sorteo_Covibar
Sorteo_Covibar
04/10/2010 08:51

Hola covibar999

Yo personalmente no estoy de acuerdo con lo que comentas sobre que interesa acogerse al préstamo convenido por el tema de las ayudas.

Debemos tener claro que estas ayudas deben declararse a Hacienda y tributan como ingresos, lo que significa que con un 100% de probabilidad habrá que pagar a Hacienda por ellas. Por otro lado, en el momento de querer vender el piso, si se opta por precio libre, habrá que descalificarlo y ello implicará devolver las ayudas recibidas mas los intereses generados de entonces al momento de la descalificación.

Por mi parte, no lo veo tan beneficioso, pero sí es cierto que esa ayuda vendría de perlas a cualquiera de nosotros...eo sí, estan tardando como media 2 años, desde que la solicitas hasta que te la dan.

En fin, siento ser tan negativa pero como se suele decir "Nadie da duros a pesetas" y menos el "querido" gobierno de Esperancita.

Saludos a tod@s!!

 

 
C
covibar999
01/10/2010 17:50


Aunque se han hecho ya diversos comentarios al respecto, me gustaría haceros un resumen del tema de posibles ayudas por parte de la Comunidad de Madrid y del Estado a la compra de vuestras viviendas.

Según la información que he podido recopilar vuestras viviendas están en el plan 2005/2008 y tienen una calificación provisional anterior a 31/12/2008. Doy estos datos por que son básicos para definir el tipo de ayudas a que se puede optar. Si no fueran correctos el tipo de ayudas cambiaría.

Para estas ayudas es imprescindible tener el préstamo convenido.

En primer lugar se puede solicitar el CHEQUE-VIVIENDA de la Comunidad de Madrid. Este cheque vivienda puede ser del 5% al 10 % de valor de la vivienda, según el nivel de ingresos del solicitante. El límite máximo de ingresos está en 5,5 veces el IPREM o sea unos 48.000 Euros. O sea que unos ingresos de 20.000 Euros podría ser un cheque-vivienda de unos 8-10.000 Euros, si he entendido bien.

En segundo lugar y siempre que no se supere 3,5 el IPREM, o sea unos 30.000 Euros, se puede solicitar la Ayuda Financiera consistente en dos capítulos:
1º.- Ayuda a la cuota mensual mediante un descuento (subsidiación) durante los 5 años primeros, que posteriormente se puede solicitar ampliar a cinco años más.
2º.- Ayuda a la entrada, que creo pueden ser hasta 7.000 Euros, dependiendo el nivel de ingresos.
Esta última ayuda a la entrada es la AYUDA ESTATAL A LA ENTRADA que, si se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el 2011, que se aprobarán, desaparecerá a partir del 1 de Enero de 2011. Por lo tanto sería importante tener hecha la entrega de las viviendas antes de finalizar el año, en caso contrario esta ayuda se perdería.

Por parte de la Comunidad de Madrid, en principio, no hay previsto cambios para el año próximo.

Hay seis meses para hacer las solicitudes una vez obtenida la calificación definitiva, pero para obtener el máximo de ayudas y evitar sorpresas, por supuesto sería interesante poder tramitarlo antes del 31 de Diciembre de este año.

Toda la información y los impresos de solicitudes se pueden obtener en www.madrid.org/vivienda. o en las oficinas de la Comunidad de Madrid en Avda. de Asturias 28 Madrid, Metro Ventilla L-9. , aunque espero que llegado el momento Covibarges explique a cada uno estos detalles y ayude en orientar para hacer bien las gestiones.

Ciertamente cada uno tiene que hacer una valoración de sus circunstancias personales, pero teniendo en cuenta el nivel de estas ayudas a primera vista parece claro que es mejor acogerse al préstamo convenido con La Caixa. ¿No os parece?

Intentaré ampliar esta información y os la haré llegar.
 

 
Cron
Cron
01/10/2010 12:31

Cierto, se me olvidaba comentar lo que ha dicho Axel: la hipoteca no es solo calcular las cuotas, sino también saber qué más pagos "accesorios" nos obligan a asumir, como seguro de vivienda, de vida, etc. En el caso de ING, también los "cobros", como la deducción del 2% en los gastos de teléfono, agua, gas, etc.

Por cierto, Axel, gracias por los enlaces. Serán muy útiles.

 

Saludos


Editado por Cron 01/10/2010 12:32
 
Axel_
Axel_
01/10/2010 12:02

Buenas Sorteo_Covibar, creo que el pastón que habrá que soltar será un poco menos del previsto, ya que aunque nos hallan subido el IVA, el precio se supone que será un 3% menor del que nos comentaron, yo más o menos haciendo cálculos, supongo que tendré que pagar 18.000€  (que es una pasada, lo sé).

De todas maneras como bien pusiste en el tema "sobre hipotecas y ayudas" las tres hipotecas que pusiste están bastante bien;

1) Barclays

2) ING

3) Joven Caja Madrid

En esta página tienes un comparador de hipotecas, aunque míralas bien, porque muchas de ellas sólo te ponen el interes del primer año y además te piden que contrates seguros de topo tipo.

http://www.bankimia.com/hipotecas

Mira también en esta web, podeis hacer cálculos de lo que os va a costar, la diferencia entre lo que os deducis en la renta y los intereses que pagais y está bastante bien explicado, merece la pena gastar un rato en ella, te descargas un excel, y te lees la pestaña que pone "LÉEME", así lo entenderás mucho mejor.

http://lotomas.net/

Yo por mi parte yo intentaré aferrarme al préstamo convenido, por si te sirve de info.

 

Un saludo!!


Editado por Axel_ 01/10/2010 12:02
 
Cron
Cron
01/10/2010 11:36

Si contratas el préstamo libre, tienes ventajas e inconvenientes.

En condiciones normales, el interés del libre es menor que el del convenido. También puedes conseguir plazos mayores de los 30 años máximos del préstamo convenido.

 

En cuanto a las ayudas, solo podrías optar al cheque vivienda, porque tanto la Ayuda Directa a la Entrada como la Subsidiación de pagos necesita que hayas contratado el préstamo convenido.

 

Al final, es hacer cuentas.

 

Saludos

 
VecinitaRivas
VecinitaRivas
01/10/2010 11:29

Buenos días Sorteo Coibar,

No creo que Covibar sepa eso cuando no nos ha preguntado o al menos a mi, ya que todavía no sabemos el precio final de la vivienda

Buen fin de semana

Saludos

 

Fin del hilo
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