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A
almaca
05/10/2007 22:28

SORPRESA SORPRESA

¿Es posible que te nieguen un piso de primera vivienda si has tenido una propiedad en la Comunidad de Madrid?

10.393 lecturas | 51 respuestas
Alguno se va ha llevar alguna sorpresita cuando crean que por fin le van a dar su pisito y a la hora de elegirlo o entregarselo le digan " que no " le corresponde un piso de primera vivienda porque realmente ya "ha tenido"una vivienda en propiedad antes.
RECORDAD QUE ESTO SOLO ES APLICABLE SI LA VIVIENDA QUE TUVISTEIS PERTENECIO A LA COMUNIDAD DE MADRID.
Hasta hace poco mas de una semana creía que era imposible que te pillaran ¡¡¡¡ ME EQUIVOQUE !!!
 
J
jartosdeaguantar
19/11/2007 12:38
Buenos dias, me voy a leer todo esto bien leido, porque como vosotros yo ando en situacion ;ya tengo 10 años mas que cuando me meti y no puedo seguir sin tener un piso donde irme a vivir a espera de que nos de estos. Pero claro si luego aunque lo venda me voy a quedar sin el , mala situacion igualmente. Pregunte pero no hubo respuestas, me alegro de que haya un post al respecto de esto. Gracias

P.d. Alguien podria decirme donde esta la entrada para poder ver las obras que no doy con ella. gracias
 
O
operacioncasa
12/10/2007 14:24
gumyneitor dijo:
Pues me imagino que para optar a una vivienda en madrid has de estar empadronado en madrid, al igual que a mi no me permiten optar a viviendas de proteccion oficial en ningun pueblo por no estar empadronado alli.

saludos
--------------------------------------------------------------------------------



Creo que estas mezclando "churras con merinas",eso que dices de que hay que empadronarse, creo recordar,es para optar a cooperativas de la EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA del pueblo o ciudad que sea.

Pero no en cooperativas LIBRES,pero con algun tipo de proteccion.Puedo estar equivocado si es asi,que me corrija el que lo sepa de verdad.

Saludos:

Juan.



Gumineitor y Juan

Gracias a los dos por intentar responderme.

Intentaré averiguarlo de otra forma.

 
G
gumyneitor
12/10/2007 14:12
takeda dijo:

platinum_03 dijo:

Buenas, a mí me dijeron que si había separación de bienes y la vivienda de tu pareja la tiene antes de casarte no forma parte de la unidad familiar, tú nunca vas a tener derecho sobre esa propiedad, al igual, por ejemplo, de una herencia que recibiera antes del matrimonio.


Pues a mi todo lo contrario.



Yo tengo entendido lo mismo, si te casas o eres pareja de hecho formas unidad familiar, te acoges a las normas familiares para todo lo relacionado con hacienda, y como tal, para hacienda esa unidad familiar ya tiene vivienda en propiedad, con lo cual no tiene derecho a VPO.

Es lo mismo que con los sueldos, si te casa, se suman y son los ingresos de la unidad familiar que computan como una 1.

Yo me enteraria directamente donde os puedan aclarar todo, porque aqui cada uno se nos ha dicho una cosa, y lo mismo si te confias te la lian.

Saludos
 
R
rumore
11/10/2007 18:43
gumyneitor dijo:

Pues me imagino que para optar a una vivienda en madrid has de estar empadronado en madrid, al igual que a mi no me permiten optar a viviendas de proteccion oficial en ningun pueblo por no estar empadronado alli.

saludos


Creo que estas mezclando "churras con merinas",eso que dices de que hay que empadronarse, creo recordar,es para optar a cooperativas de la EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA del pueblo o ciudad que sea.

Pero no en cooperativas LIBRES,pero con algun tipo de proteccion.Puedo estar equivocado si es asi,que me corrija el que lo sepa de verdad.

Saludos:

Juan.
 
P
platinum_03
11/10/2007 17:22
CARAJA dijo:

Buenas a todos, perdonar si personalizo mi situacion pero es algo que no me queda nada claro y me gustaría (si es posible) que alguien me la pudiera aclarar). Entré en el 97 en la cooperativa de puerta del corredor yo solo como posible adquiriente de una viviends de VPO y en el 2002 me casé ; mi mujer es copropietaria junto con sus hermanas de una vivienda en móstoles, mi pregunta es ¿ a pesar de que yo solo estoy apuntado en la cooperativa, me influye que mi mujer tenga una vivienda en propiedad? tambien, si en el caso de que se tenga que deshacer de su parte ¿con cuanto tiempo de antelación debería para que no influyera en la adquisicion de la vivienda? Muchas gracias de antemano. Saludos.


Buenas, a mí me dijeron que si había separación de bienes y la vivienda de tu pareja la tiene antes de casarte no forma parte de la unidad familiar, tú nunca vas a tener derecho sobre esa propiedad, al igual, por ejemplo, de una herencia que recibiera antes del matrimonio.
 
G
gumyneitor
11/10/2007 01:21
Pues me imagino que para optar a una vivienda en madrid has de estar empadronado en madrid, al igual que a mi no me permiten optar a viviendas de proteccion oficial en ningun pueblo por no estar empadronado alli.

saludos
 
O
operacioncasa
10/10/2007 23:09
Sabéis alguno que pasaría si se está empadronado en Toledo. Es decir, se perdería el derecho a la cooperativa. Creo recordar que tuvimos que presentar nuestro empadronamiento en la CCAA de Madrid.

Gracias
 
G
gumyneitor
10/10/2007 18:54
ACGonzalez dijo:

Pues si tenéis separación de bienes no te afecta en nada, y si tenéis bienes gananciales depende del porcentaje que tenga tu mujer del piso en móstoles, en post anteriores creo que ponían algo del tipo el 40% del valor.


Eso de la separacion de vienes es un tanto subjetivo.

En el caso de nuestro colega Caraja, al ser copropietaria no se como sera, pero en el caso de que sea la unica propietaria, aunque haya separacion de bienes, se considera propiedad de la UNIDAD FAMILIAR al estar casados, por lo que te daria a ti como propietario tambien y no cumplirias los requisitos.


Muchos no se pueden casar porque estan en la misma situacion que tu, si tu pareja tiene propiedad, chungo.


Saludos
 
A
ACGonzalez
10/10/2007 16:44
Pues si tenéis separación de bienes no te afecta en nada, y si tenéis bienes gananciales depende del porcentaje que tenga tu mujer del piso en móstoles, en post anteriores creo que ponían algo del tipo el 40% del valor.
 
C
CARAJA
10/10/2007 16:36
Buenas a todos, perdonar si personalizo mi situacion pero es algo que no me queda nada claro y me gustaría (si es posible) que alguien me la pudiera aclarar). Entré en el 97 en la cooperativa de puerta del corredor yo solo como posible adquiriente de una viviends de VPO y en el 2002 me casé ; mi mujer es copropietaria junto con sus hermanas de una vivienda en móstoles, mi pregunta es ¿ a pesar de que yo solo estoy apuntado en la cooperativa, me influye que mi mujer tenga una vivienda en propiedad? tambien, si en el caso de que se tenga que deshacer de su parte ¿con cuanto tiempo de antelación debería para que no influyera en la adquisicion de la vivienda? Muchas gracias de antemano. Saludos.
 
G
GRIM30
10/10/2007 11:38
Asi es cansadita. Lo explique en otro mensaje.

No vamos a firmar el contrato de los pisos este año... por eso puse los datos que estaban más actualizados. Es decir, los del 2007.

Todos los años sube el IPREM asi que, cuando nos toque firmar el contrato será más de 48.000 € el requisito que haya que cumplir económico.

Un saludo.

 
C
cansadita
10/10/2007 09:16
Hola Grim30,
Los datos que yo indicaba son los que hay que cumplir en la actualidad, es decir son referidos a la declaración de 2006 que se ha hecho éste año y son válidos hasta el 30 de junio de 2008 y claro está son referidos al iprem del año 2006 que marcó el gobierno en 6707.40 €. Los datos que indicas tú son referidos al iprem del año 2007, és decir, yo al menos lo entiendo así viendo que los datos que aparecen en la calculadora y en el manual, lo que tu indicas serán los requisitos que habrá que cumplir a partir del 30 de junio de 2008 y referidos a la declaración de 2007 que haremos en 2008. Como no sabemos en que momento tendremos que cumplir los requisitos, tendremos que ir extrapolando los datos según los conozcamos pero los datos para éste momento son esos. Salu2
 
A
ARKEOST
10/10/2007 00:50

Estoy con gumyneitor, la ley es clara cumplir los requisitos en el momento del contrato. Si hay abogados hábiles que son capaces de buscar recovecos también hay que tener en cuenta que hay jueces que interpretan la ley y al final es el que decide, mientras tanto reclamaciones con la administración, en fin follones justo cuando tienes tu casa rozándola con los dedos
 
G
gumyneitor
09/10/2007 18:59
takeda dijo:

metalera dijo:

En cualquier caso, todos estos requisitos han de cumplirse en el momento de la celebración del correspondiente contrato.


Contrato de compra. Que no es precisamente lo que tenemos firmado.


Me parece a mi que mucha gente se piensa que los requisitos los deberian cumplir a la hora de entrar en la cooperativa, pero hasta mas adelante no creo que sea cuando debemos de demostrar si somos actos para un piso rebajado de proteccion , o no cumplimos los requisitos.

Asi que muchos seguro que se llevan un disgusto ( o no) cuando les digan que por tener un piso en propiedad, o por tenerlo su pareja, o por tener unos ingresos de X no podran acceder, y el alegar que cuando se metieron en la cooperativa si los cumplian de nada servira.

Es mi humilde opinion, yo no se la verdad absoluta, pero lo mismo muchos se llevan un disgusto despues de estar pensando en la VPO sin poder acceder.

Saludos
 
C
cansadito de esperar
09/10/2007 18:08
Arkeost dijo:

toda esta información os la pueden dar en la junta de compensación, que por otra parte están tan interesados en que se avance como nosotros.


Yo no creo que tengan tanto interes ni tanta prisa como nosotros...pero bueno. Es solo mi opinion.

Hastaluegillo.
 
V
vhan
09/10/2007 16:17
Buenas a tod@s,
yo me estuve informando en un abogado "no se si vueno o no" y me comento que en mi caso en especial no habria ningun problema por tener una vivienda libre en propiedad siempre y cuando la de la cooperativa fuese para vivienda habitual, me explico, nosotros somos familia numerosa y uno de nosotros tiene minusvalia y este cambio sería cambiar para mejor.... ya que la casa en la que vivo es mas pequeña.
No se si esto será verdad o no, espero que alguien me pueda contestar al respecto.

Paz y Amor.
Vhan
 
M
metalera
09/10/2007 15:19
POR SI ALGUIEN NECESITA MAS INFORMACION ME LO ACABAN DE MANDAR A MI CORREO ELECTRONICO MUY INTERESANTE EL PUNTO DE CASI EL FINAL DE CUANDO HAY QUE CUMPLIR LOS REQUISITOS***********************************************

En relación a su consulta le especificamos los requisitos generales de acceso para las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio que se contemplan en el Plan de Vivienda 2005-2008 de la Comunidad de Madrid.

VPPB-Viviendas con Protección Pública Básica

Son viviendas cuya superficie máxima es de 110 m2 construidos (150 m2 en viviendas destinadas a familias numerosas) sujetas a un Precio Máximo Legal de Venta que no puede ser superado.

Los requisitos para acceder este tipo de viviendas son los siguientes:

- Tener unos ingresos familiares inferiores a 5,5 veces el IPREM (indicador público fijado por el Estado que sirve para comparar rentas).

- No ser titular de una vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.

- No ser titular de una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, determinado según el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) no exceda del 40% (60% para familias numerosa) del Precio Máximo Total de Venta de la vivienda a adquirir.

- Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.

La duración del régimen legal es de 20 años desde la obtención de la Calificación Definitiva, o de 30 años si el promotor o adjudicatario de la vivienda ha obtenido un préstamo convenido al amparo del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008.

VPPL-Viviendas con Protección Pública Limitada

Son viviendas cuya superficie máxima es de 150 m2 construidos y están sujetas a un Precio Máximo Legal de Venta que no puede ser superada.

Los requisitos para acceder este tipo de viviendas son los siguientes:

- Tener unos ingresos familiares inferiores a 7,5 veces el IPREM.

- No ser titular de una vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.

- No ser titular de una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, determinado según el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) no exceda del 40% (60% para familias numerosa) del Precio Máximo Total de Venta de la vivienda a adquirir.

- Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.

La duración del régimen legal es de 20 años desde la obtención de la Calificación Definitiva, o de 30 años si el promotor o adjudicatario de la vivienda ha obtenido un préstamo convenido al amparo del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008.

En cualquier caso, todos estos requisitos han de cumplirse en el momento de la celebración del correspondiente contrato.



Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:

· Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)

· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)

· E-mail: oficinavivienda@madrid.org

· Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)

· Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) y C/ Braganza, s/n (lunes a viernes, de 09h. a 14h.).


Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
ROCIO
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
www.madrid.org/oficinavivienda


 
A
ARKEOST
09/10/2007 13:44
60000 euros es en el caso de vpt y 48000 en el de vpo
 
G
GRIM30
09/10/2007 10:15
CANSADITA YA SE POR QUÉ TE SALIAN A TI ESOS DATOS!!!

Has calculado los datos del año 2006. Yo he calculado los del 2007 porque son los últimos.

En el 2006 el IPREM estaba a 6.707,40. En el 2007 a 6.988,80 €

Es decir, para no liar a los demás, los datos actualizados son los que he puesto yo.

1 o 2 personas: 48.048 €

Un saludo.
 
G
GRIM30
09/10/2007 10:08
Hola,

Esos datos también los he sacado de la página de la Oficina de la Vivienda - Utilidades - Calculadora - Calculadora Base Imponible Máxima. De ahí me he descargado el manual de Acrobat y lo he calculado yo. No sé si habré hecho algo mal. Os cuento como lo he calculado:

Fórmula que aparece en el manual:

IFM= (IPREM X LIMITE) / F

IPREM: Es la cuantía del indicador de nivel de renta que corresponda según año de referencia de los ingresos.

AÑO 2007: 6.988,80 €

LÍMITE: Es el valor límite de veces el IPREM que establece para cada tipología de Vivienda con Protección Pública. (La nuestra 5,5 veces)

F: Factor o coeficiente corrector establecido en función del número de miembros de la unidad familiar. Los valores son los siguientes:

1 ó 2: 0,800
3: 0,776
4: 0,744
5: 0,704


Ahora calculo... (PARA 1 O 2)

IFM= (6.988,80 x 5,5) / 0,800

IFM: 48.048 €


Me sigue saliendo lo mismo...


Para 1 sólo me parece una barbalidad... ójala cobrara yo eso!!! Pero lo que no me parece bien es que sea lo mismo para 1 que para 2. Porque siendo 2 si te puedes llegar a pasar...




 
A
ARKEOST
09/10/2007 09:21
baronrojo dijo:

Mare mia!!! 48000€. Y yo aguantando mecha en una ratonera de 40m2 ... Kien los pillara para q le dieran por el ... UFFF!!!
Aportar datos veraces, o por lo menos argumentados, cosechar el miedo, tirar la piedra y esconder la mano cobardemente es de ser muy cabr** con lo q llevamos ya pasado.

Gracias a Rumore, Oblongo, Takeda, Domdeza, GRIN30 ... ... ... y todos los q si aportais no solo palabras.

Salu2 y V´sss

*Ahhh y como los den en 2010 ME VAIS A OIR!!! jejeje


Si nos los dan para el 2010 te invito a una jarra de cerveza
 
A
ARKEOST
09/10/2007 09:17
Estoy deacuerdo con takeda, la urbanización se retrasará un poco más tarde del verano y NO hay simultaneidad, sería absurdo dado que la urbanización va a terminar antes que la parcelación definitiva y el objeto de la simultaneidad es que te permitan construir antes de finalizar la urbanización. Y para el 2010 ójala, pero no cuadran los números para el 2012 es más realista. Reforzando lo que dijo takeda toda esta información os la pueden dar en la junta de compensación, que por otra parte están tan interesados en que se avance como nosotros. Con respecto al tema de cumplir requisitos por ingresos, la ley está ahí y hay que ser consciente de que uno se la juega, prueba de ello es que hay gente que no se han casado por que se pasarían de ingresos y muchos van a a ser sus hijos los que lleven las sarras el día de su boda. Todo este esfuerzo es para no tener problemas el día de la calificación definitiva. Cuidado y ser prudentes la gente que os paseis de los ingresos, si estais bien asesorados por abogados y os han dicho que hay formas de pasar el "corte" de la calificación definitiva, pues vale, pero no las tendría todas conmigo.
 
B
baronrojo
09/10/2007 09:04
Mare mia!!! 48000€. Y yo aguantando mecha en una ratonera de 40m2 ... Kien los pillara para q le dieran por el ... UFFF!!!
Aportar datos veraces, o por lo menos argumentados, cosechar el miedo, tirar la piedra y esconder la mano cobardemente es de ser muy cabr** con lo q llevamos ya pasado.

Gracias a Rumore, Oblongo, Takeda, Domdeza, GRIN30 ... ... ... y todos los q si aportais no solo palabras.

Salu2 y V´sss

*Ahhh y como los den en 2010 ME VAIS A OIR!!! jejeje
 
O
oblongo
08/10/2007 20:46
Takeda, no tengo medios ni conocimientos para averiguar si lo que me han dicho en los 3 sitios es cierto o no (ojalá fuera mentalista), así lo que único que he hecho ha sido el de ser mero transmisor.

Por otra parte, cansadita tiene razón ; en la web de la Oficina de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, no solo hay mucha información, sino que además, en el apartado Utilidades, se puede ver el máximo para poder acceder a la vivienda, una calculador de hipotecas, etc...

Saludos
 
C
cansadita
08/10/2007 20:39
Hola,

Los datos correctos podeis consultarlos en madrid.org\oficinavivienda. Hasta el 30 de junio del 2008 y referidos a los datos de la declaración de 2006 que se ha hecho éste año 2007 son los siguientes (casillas 476+479):

1 o 2 miembros: 46.113,38 €
3 miembros: 47.539,56 €
4 miembros: 49.584,27 €

etc...

Salu2

 
G
gumyneitor
08/10/2007 19:02
GRIM30 dijo:

Hola de nuevo,

Ya que estamos me he puesto a calcular como estaría a día de hoy el requisito económico.

VPPB: "Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)".

Os cuento. Lo he calculado, tal y como explica el IVIMA que hay que calcularlo, y sale lo siguiente:

REQUISITOS 2007 (cada año varía un poco el IPREM):

1 ó 2 miembros de la unidad Familiar........48.048 €
3 miembros (por si hay padres por ahí)......49.534 €

Para calcular si nos pasamos o no hay que irse a la RENTA. Esta cifra se saca de sumar las cantidades en euros consignadas en las casillas 476 (Parte general de la renta del periodo) y 479 (Parte especial de la renta del periodo) y restándole la casilla 490 (Reducción por rendimientos del trabajo). Si aparece en blanco alguna de esas casillas es que es 0.

Ah! Si la unidad familiar es de 2 y haceis la renta por separado... hay que sumarlas claro....

Nada más... Espero que le ayude a alguien.





Para muestra un boton, 48048 € anuales...


Quien los pillara...ni sumando lo mio y lo de mis dos parejas llego.... (que no se enteren, que llevar una doble vida es muy duro).
jajjajaja


Saludos

Muchas gracias Gim30.
 
G
gumyneitor
08/10/2007 18:56
Pues yo francamente creo que los requisitos han de cumplirse a la hora de que nos den la calificacion de vivienda de VPO, y que a la hora de entrar en la cooperativa, podrias ser el mas pobre del lugar, y a dia de hoy ser socio de una multinacional y estar forrado, cobrando al mes 4000 o 5000 €.

La finalidad de crear viviendas de VPO no es la especulacion, y el sacar beneficios con el ladrillo ( como se ha estado haciendo estos años atras), sino de poner al alcance de los que menos posibilidades tienen el poder acceder a una vivienda digna, a un precio razonable, no poner un precio razonable para que algunos que cobran fortunas (4000 €) se compren el pisito y revendan el otro que tenian, y depaso invierten en nuevas promociones de vivienda publica par ano tener su dinerito parado...


Si yo cobro 4000 € no necesito acceder a una VPO, ni espero, me meto en una hipoteca Normal y corriente, y pago 1200 € al mes, y con los otros 3000 € que me quedan al mes vivo a cuerpo de rey.

Por desgracia la mayoria de los que estamos en esta odisea somos conocidos por los "Mil Euristas", y a duras penas podemos llegar a fin de mes, como para pagar hipotecas descomunales...

Es una lastima ver que entre nosotros hay gente que sigue intentando encontrar los huecos del sistema para seguir especulando y gente que realmente tendria que tener acceso a estas viviendas, se queden sin plaza porque otros estan empeñados en lustrar su dinero.

En fin... yo no se si sera cierto lo que se ha puesto por ahi arriba, pero si yo fuera el que esta al mando del sistema, buscaria como evitar que esa gente que busca la especulacion saliera de estas promociones.

Saludos
 
G
GRIM30
08/10/2007 18:51
Hola de nuevo,

Ya que estamos me he puesto a calcular como estaría a día de hoy el requisito económico.

VPPB: "Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)".

Os cuento. Lo he calculado, tal y como explica el IVIMA que hay que calcularlo, y sale lo siguiente:

REQUISITOS 2007 (cada año varía un poco el IPREM):

1 ó 2 miembros de la unidad Familiar........48.048 €
3 miembros (por si hay padres por ahí)......49.534 €

Para calcular si nos pasamos o no hay que irse a la RENTA. Esta cifra se saca de sumar las cantidades en euros consignadas en las casillas 476 (Parte general de la renta del periodo) y 479 (Parte especial de la renta del periodo) y restándole la casilla 490 (Reducción por rendimientos del trabajo). Si aparece en blanco alguna de esas casillas es que es 0.

Ah! Si la unidad familiar es de 2 y haceis la renta por separado... hay que sumarlas claro....

Nada más... Espero que le ayude a alguien.

 
G
GRIM30
08/10/2007 17:40
MUCHÍSIMAS GRACIAS OBLONGO por molestarte e informarnos.

Gracias x mil.

Yo tenía entendido por "Trayser" que había que cumplir los requisitos a la firma del contrato (el que ya hemos firmado vamos), con la calificación provisional y después también con la definitiva.

Lo había preguntado porque he visto que se hablaba de cumplirlos con la provisional pero no leía nada de la definitiva y como de Trayser me fío muy muy poquito ya, pues eso... por eso lo he preguntado.

De nuevo... MUCHAS GRACIAS.
 
domdeza
domdeza
08/10/2007 15:55
Hola Metalera,

Gracias. Muy amble por tu buena información. Me viene de fábula.

Saludos
 
M
metalera
08/10/2007 14:43
ESO SON AYUDAS Y NO LOS QUEBRADEROS DE CABEZA QUE NOS HACEN TENER OTROS QUE LANZAN INFORMACIONES NO SE EXACTAMENTE BASADAS EN QUE.
AGRADECERTE LA INFORMACION QUE HAS RECAVADO OBLONGO DE VERDAD GRACIAS.
Y EN RELACION AL PRIMER MENSAJE DE ESTE POST, LE ENVIO CONTESTACION DE OFICINA DE VIVIENDA A MI CORREO ELECTRONICO PARA QUE SI TIENE ALGUNA DUDA SE LO LEA.

"En relación a su consulta le informamos que unos de los requisitos para acceder a una Vivienda con Protección Pública en la Comunidad de Madrid son:

No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV).




Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:

· Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)

· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)

· E-mail: oficinavivienda@madrid.org

· Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)

· Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) y C/ Braganza, s/n (lunes a viernes, de 09h. a 14h.).


Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
RAQUEL
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
www.madrid.org/oficinavivienda

UN SALUDO A TODOS
 
O
operacioncasa
08/10/2007 14:40
Me uno a Juan.

MUCHISIMAS GRACIAS OBLONGO.

Yo tenía entendido que los requisitos había que cumplirlos cuando entramos en la cooperativa y a la firma del contrato pero... ME HABÍA ASUSTADO.

Tanto esfuerzo, sacrificio y paciencia para luego.... NADA.

Muchas gracias de nuevo futuros vecinos.

 
R
rumore
08/10/2007 13:29
Muchisimas gracias Oblongo,por moverte para informarnos a todos.Pero lo unico que sige sin cuadradarme es la fecha de entrega,que alegria me daria que fuera yo el equivocado,pero el tiempo nos lo dira.......

Saludos:

Juan.

P.D.Esto es lo que hace falta en el foro,compañeros constructivos.
 
O
oblongo
08/10/2007 12:59
Buenas

Vengo de recorrerme todas las partes implicadas (gestora, urbanismo, comunidad, etc...) y os cuento lo siguiente:

Urbanización: Gerencia tiene información, a fecha del viernes 5 de octubre, que llevan un 28% urbanizado ; Ofigevi, que llevan a fecha de Septiembre, entre un 40% y 50%. A pesar de la disparidad de porcentajes, ambos coinciden en que estará terminada la urbanización en el verano del 2008.

Simultaneidad: está pedida pero de momento no hay respuesta ; se espera que a primeros del año que viene sepamos algo.

Requisitos: la oficina de la vivienda de la Comunidad de Madrid (que está en la Avda. de Asturias 28, y yo creía que era en Maudes 4 pero bueno...) me confirma que es a la firma del contrato de compra-venta del piso, que es habitualmente unos meses antes de la entrega de llaves ; Ofigevi también dice que es en la firma del contrato, pero que además están hablando con la Comunidad para saber si aceptan que los requisitos sean cuando entramos en la cooperativa, y esto se sabrá a lo largo del año 2008. Es decir, que los requisitos hay que cumplirlos a la hora de firmar el contrato, es seguro al 100% (dicho por la Comunidad de Madrid), pero si tenemos suerte, serán con las condiciones que teníamos a la hora de entrar en todo esto.

Fecha de entrega: sigue siendo a lo largo del año 2010

Respecto a los planos de viviendas, posiblemente tengamos una reunión extraordinaria para debatir otras propuestas.

Y eso es todo lo que os puedo decir. Transmito el mismo conocimiento al que hoy he tenido acceso y espero que os sirva de ayuda :)

Saludos
 
R
rumore
08/10/2007 12:47
operacioncasa dijo:

Buenos días Juan

Gracias por recordarme que tanto Takeda como Arkeost ya dieron una muy buena explicación de plazos, trámites.... Lo buscaré

Espero que sigas bien y gracias de nuevo por informarnos a través de este foro a los que no estamos cerca de nuestros futuros pisitos.

Un saludo




Mirar en el post mio, (PONIENDO BORDILLOS EN LA ZONA DE LOS PISOS) con fecha 16-9-2007 que Takeda lo explica muy bien todo, es el primero que he encontrado.

Un saludo:

Juan.




























 
G
GRIM30
08/10/2007 12:03
Hola a todos,

No encuentro en el foro la explicación que dió Takeda y Arkeost sobre los plazos y trámites. ¿Alguien puede decirme donde está? Me gustaría saber si hay que cumplir los requisitos con la calificación provisional, definitiva o los dos?

Gracias x mil.
 
O
operacioncasa
08/10/2007 10:51
Buenos días Juan

Gracias por recordarme que tanto Takeda como Arkeost ya dieron una muy buena explicación de plazos, trámites.... Lo buscaré

Espero que sigas bien y gracias de nuevo por informarnos a través de este foro a los que no estamos cerca de nuestros futuros pisitos.

Un saludo

 
R
rumore
07/10/2007 23:51
operacioncasa dijo:

Muy buenas a tod@s

Sabe alguien cuando se empezará a construir o cuando se solicita la calificación definitiva

Muchas gracias


Estimad@ compañer@,te aconsejo que busques en post recientes donde,Takeda y Arkeost, explican muy bien los tramites que faltan por darnos la Comunidad y el Ayuntamiento.Y veras que con los pisos, se podra contar a partir del 2011 si todo va bien.

Saludos:

Juan.
 
R
rumore
07/10/2007 23:36
almaca dijo:

Alguno se va ha llevar alguna sorpresita cuando crean que por fin le van a dar su pisito y a la hora de elegirlo o entregarselo le digan " que no " le corresponde un piso de primera vivienda porque realmente ya "ha tenido"una vivienda en propiedad antes.
RECORDAD QUE ESTO SOLO ES APLICABLE SI LA VIVIENDA QUE TUVISTEIS PERTENECIO A LA COMUNIDAD DE MADRID.
Hasta hace poco mas de una semana creía que era imposible que te pillaran ¡¡¡¡ ME EQUIVOQUE !!!


Querid@ cmpañer@,estamos esperando mas explicaciones por tu parte,desde el viernes.

La verdad,es que estoy pensando en lo que dice DOMDEZA,o bien te informo un funcionario bebido,o es que el viernes te CONFUNDE,y no tenias otra cosa que hacer,nada mas que decir una chorrada,por no llamarlo otra cosa.

Yo sinceramente, espero que nos aportes algo sensato a lo que te pedimos,POR QUE LA VERDAD PARA PONER GILIPOLLECES CUALQUIERA VALE.Y la verdad a estas alturas estamos hasta las narices, de que nos digan tantas chorradas,como para que venga un "cooperativista" a decirnos otra mas y luego se esconda.

Un saludo:

Juan.
 

Fin del hilo
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