Os pongo una consulta que ha hecho una vecina, al ärea de Medio Ambiente de La CAM. En vista de lo que contestan, LAS OBRAS NO TIENE LOS PERMISOS NECESARIOS, YA QUE CITO TEXTUALMENTE: "no se dispone de ninguna solicitud correspondiente al proyecto mencionado en su consulta.".hay que tener en cuenta además, que la CAM es la encargada de aprobar éste tipo de instalaciones.
TEXTO INTEGRO:
En respuesta a su consulta recibida por correo electrónico en esta Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio con fecha 18 de marzo de 2011 por la que
solicita información sobre:
Soy un vecino de Madrid próximo al cementerio Sur (C/ óbolo ), he podido constatar que se
está construyendo en su interior un crematorio. Conforme a la ley LEY 34/2007, de 15 de
noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, art. 13, para desarrollar estas
actividades es necesario previamente una autorización administrativa de la CAM al ser una
actividad catalogada como B dentro del catalogo de actividades potencialmente
contaminadoras de la atmosfera. Les solicito, dado que soy interesado en este asunto, si existe
la concesión de dicha autorización administrativa y los términos de la misma.
de conformidad con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de
acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio
ambiente, le comunicamos que:
Como usted bien señala en su consulta, la normativa actualmente vigente en materia de
calidad atmosférica, esto es, la Ley 34/2077, de 15 de noviembre, de calidad del aire y
protección de la atmósfera (BOE de 16 de noviembre de 2007), establece en su artículo 13 el
sometimiento a procedimiento de autorización administrativa de las Comunidades Autónomas
la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las actividades
incluidas en los grupos A y B del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la
atmósfera. Dicho catálogo fue recientemente actualizado mediante Real Decreto 100/2011, de
28 de enero (BOE de 29 de enero de 2011).
El citado Real Decreto 100/2011 cataloga la actividad de
“Cremación: Incineración de
cadáveres humanos o restos de exhumación”
como actividad potencialmente
contaminadora del grupo B
(código 09 09 01 00), por lo que, en aplicación de la Ley 34/2007,
requiere autorización administrativa, que debe contener, como mínimo, los valores límite de
emisión de los contaminantes que puedan ser emitidos por la instalación, las prescripciones
para reducir la contaminación a larga distancia, los sistemas para tratamiento y control, y las
medidas relativas a las condiciones de la explotación en situaciones distintas de las normales
que puedan afectar al medio ambiente (por ejemplo, la puesta en marcha, fugas o fallos de
funcionamiento, paradas, etc.), así como el plazo por el que se otorga la citada autorización.
Efectuada consulta telefónica al Área de Inspección y Control Industrial de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda, competente en la
materia, nos indican que a la fecha que figura en este escrito no se dispone de ninguna
solicitud correspondiente al proyecto mencionado en su consulta.
Para ampliar la información, puede dirigirse a la propia Área de Inspección y Control Industrial,
sita en C/ Cardenal Marcelo Spínola, 14, Edificio F-4, 5ª planta, dcha., 28016 Madrid.
Teléfonos: 91 580 21 92/ 93.
Por otra parte, le indicamos que el citado proyecto está asimismo sometido a los
procedimientos establecidos por la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la
Comunidad de Madrid (BOCM de 1 de julio de 2002). La citada ley tiene por objeto establecer
el régimen jurídico de los procedimientos ambientales aplicables a planes, programas,
proyectos y actividades, públicos o privados, que se pretendan llevar a cabo en el ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid a fin de garantizar una adecuada protección del medio
ambiente. En concreto, la actividad objeto de su consulta se encuentra incluida en el Anexo
Tercero:
Proyectos y actividades de obligado sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental
en la Comunidad de Madrid mediante Procedimiento Abreviado
, dentro de la categoría: “Otros
proyectos: 51. Cementerios y crematorios”
.
Por ello, en virtud de la Ley 2/2002 el citado proyecto, denominado “Instalación de dos hornos
crematorios en el Tanatorio Sur de Madrid”, fue sometido al procedimiento de Evaluación de
Impacto Ambiental abreviado, tras lo cual fue emitida Declaración de Impacto Ambiental
favorable mediante Resolución de 23 de julio de 2008, del Director General de Evaluación
Ambiental (BOCM de 24 de octubre de 2008). En la citada Declaración de Impacto Ambiental
se determinan, respecto a los efectos ambientales previsibles, las condiciones en las que el
proyecto debe llevarse a cabo para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales.
Si lo desea, puede solicitar copia de la Declaración de Impacto Ambiental del mencionado
proyecto en este mismo buzón de correo electrónico
info.ambiental@madrid.org o
personándose en el Punto de Información Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio, situado en Ronda de Atocha, nº 17, planta baja, 28012
Madrid, en horario de 9 a 14 horas. Las copias están sujetas a tasa por reproducción (0,09 €
por página) que se formaliza en el Modelo 030. En las instalaciones existe una sucursal de
Caja Madrid dónde se puede abonar.
La información ambiental contenida en este documento no puede considerarse una
"interpretación oficial" de la normativa vigente, teniendo carácter meramente informativo.
Aprovechamos la ocasión para indicarle que la normativa mencionada en este escrito, así
como toda la legislación de aplicación en materia de medio ambiente en la Comunidad de
Madrid, se puede consultar directamente en el Repertorio de Legislación Medioambiental
(RLMA), en la siguiente url:
http://www.madrid.org/rlma_web.
Madrid, 23 de marzo de 2011
EL ÁREA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN AMBIENTAL
ASÍ QUE, YO CREO QUE POR LO MENOS CON ÉSTO LES TOCAMOS UN POCO LOS WEBS Y PARALIZAMOS LA OBRA.