cfsanz2 dijo:
AnaCasado dijo:
Modudu! Pero q bien funcionas! Gracias. Muy oportuna, Greeney , por preguntar. Gracias a ti tb. Yo, pese a q por fin están tomando medidas, ando desanimada: solo se han tomado
La CAM ha tomado que yo sepa dos medidas:
- Empezar a buscar rastreadores. Eso sí, voluntarios, no sea que quieran cobrar por dedicar su tiempo a esto o alguna cosa de esas raras.
- Contratar (estos cobrando) 1 cura por cada 100 camas de hospital.
Seguro que me dejo alguna, no sé como estarán las residencias en estos tiempos, por ejemplo.
habrá tomado una medida, la segunda, aunque no lo sepas tiene 35 años, y está publicada en el
BOE el 21 de diciembre de 1985:
Orden de 20 de diciembre de 1985 por la que se dispone la publicación del acuerdo sobre Asistencia Religiosa Católica en Centros Hospitalarios Públicos.…
Con fecha 24 de julio de 1985, y en aplicación del acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, se firmó el acuerdo sobre Asistencia Religiosa Católica en Centros Hospitalarios Públicos. A fin de dar efectividad al referido acuerdo procede la publicación del mismo.
En el link que has puesto con este notición se ajusta, exactamente a lo que dice la ley:
ANEJO I
El número mínimo de capellanes encargados de prestar la asistencia religiosa católica en cada centro hospitalario público guardará relación con el tamaño del mismo, según los siguientes criterios:
Hasta 100 camas: Un capellán a tiempo parcial.
De 100 a 250 camas: Un capellán a tiempo pleno y un capellán a tiempo parcial.
De 250 a 500 camas: Dos capellanes a tiempo pleno y un capellán a tiempo parcial.
De 500 a 800 camas: Tres capellanes a tiempo pleno.
Más de 800 camas: De tres a cinco capellanes a tiempo pleno.