Hola a
tod@s. Imagino que a alguno de vosotr@s os pasará lo mismo que me ocurre a mi. Por lo qué me gustaría saber qué hacer al respecto.
En Sept de 2004 vence el plazo de mi cta vivienda y termino de pagar a la promotora/constructora, pero ya me han dicho que el piso no lo entregarán hasta un año después (por lo menos), lo que implicaría dejar de pagar durante un año y a partir de ese mes de septiembre. ¿Qué ocurre con el saldo que queda en la cta vivienda sin utilizar, y que estaba destinado al pago de escrituras?
El tema no está nada claro, pero casi todo el mundo coincide en decirme que tendré que devolver a haciendas las cantidades deducidas por el importe sin utilizar en el plazo de 4 años+ los intereses de demora.
¿Sabeis algo al respecto?
Un saludo y gracias.