Tripolin
Hoy 18:05
Rotundamente no.
No es tan rotundamente:
Una sentencia relevante del Tribunal Supremo sobre la recuperación de saldos en comunidades de propietarios es la STS 20/2014, que establece que los propietarios tienen derecho a recibir la parte proporcional del saldo de la cuenta de la comunidad al momento de la transmisión del inmueble. Esto se aplica si hay un saldo a favor del propietario que está vendiendo.
Otra sentencia relevante de la Audiencia Provincial sobre el derecho a recuperar saldos en comunidades es la AP de Madrid, Sección 1, Sentencia 255/2014. En esta resolución, se establece que los propietarios pueden reclamar su parte proporcional del saldo de la comunidad al momento de la transmisión del inmueble.