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E
EduSainz
13/03/2009 01:21

Cambio de tuberías viejas. ¿capricho?

13.317 lecturas | 3 respuestas
Hola,

Voy a cambiar las tuberias de mi piso (un ático, un 4º) porque están muy viejas y el agua sale muy sucia.

El caso es que tendría que cambiar también la parte de la comunidad que va desde la llave de paso hasta el tercer piso ya que esa parte también es tubería vieja (desde 3º al bajo se cambiaron hace años cuando yo no vivía allí).

¿Puedo reclamar el coste del cambio de tubería del trozo que pertenece a la comunidad? porque he hablado con algún vecino y se opone por considerarlo un capricho mío.

Gracias y saludos
 
M
mirinda2009
23/04/2009 11:47
Hola Edu, si te lees la ley de propiedad horizontal que la puedes buscar en google, en el artículo 9 y 10, dice que la comunidad (presidente) debe mantener las instalaciones en buen estado y que los vecinos tienen que colaborar e incluso pagar...la verdad, a mi me ha pasado y es muy complejo lidiar con los vecinos, y mucho mas si son personas mayores...yo te recomiendo que te leas la ley, hables con tu administrador y envies un burofax como bien te han indicado...si deciden cambiar las tuberias del edificio, a mi me lo ha hecho una empresa muy recomendable que es Acqua, es gente muy responsable y seria y los precios estan bien...su pagina es www.acquainstalaciones.es y el chico creo que se llamaba Leonardo.
Espero que tengas mucha suerte, y ten paciencia...a mi me llevo un mes hacerlos entrar en razon.
 
E
EduSainz
14/03/2009 04:08
Muy amable, jucuru, tenemos la próxima junta ahora en marzo, ya te contaré.

Lo dicho, muchas gracias.

Un abrazo!
 
J
JUCURU
13/03/2009 08:57
Hola Edu

Tal y como lo explicas yo no veo que tu peticion sea un caplicho, ni mucho menos, tienes todo el derecho a exigirlo, sobre todo porque como dices ya se ha cambiado parte de esas tuberias en las zonas comunes y deberia haberse hecho de forma que se beneficiaran todas las viviendas.

Silicitalo de forma oficial, presenta escrito al presidente con acuse de recibo para que conste en el orden del dia de la proxima junta de propietarios y se apruebe.

En el escrito menciona el articulo que te pego y los argumentos que tu mismo has señalado, si no lo hacen te estaran discriminando, la comunidad esta obligada ha hacerlo . Haciendolo de esta forma, podras acreditar la reclamacion y en caso que no sea atendida podrias podir daños y perjuicios por negligencia de la comunidad en caso que te pasara algo por culpa de un mal servicio.

Artículo 10.

1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios , de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad.

2. Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa .

3. En caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras a realizar resolverá lo procedente la Junta de propietarios. También podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la ley.

4. Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gastos generales.
 

Fin del hilo
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