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M
masivo
25/03/2009 16:20

ascensor demasiado caro

¿Cómo puedo librarme de pagar el ascensor en mi recibo de la comunidad?

1.739 lecturas | 2 respuestas
Hola a todos

Soy propietario de un piso en un bajo (sur de Tenerife). Desde que lo compré vengo participando en los gastos de la comunidad como corresponde.

Mi problema es que pago por un ascensor que no utilizo nunca. En el edificio ni hay garajes ni azotea que pueda subir. Somos siete viviendas en el edificio y me parece excesivo pagar 2700 euros por el mantenimiento del ascensor (año 2007).

He hablado con el administrador y siempre me dice que hablará con los de otis para ver si bajan la factura, que si otis tiene el monopolio en el sur de la isla, etc.

Me gustaría saber si hay alguna posibilidad de librarme de tener que pagar el ascensor en el recibo de la comunidad.

Si decido recurrir a la justicia para no pagar el ascensor de mi cuota a la comunidad, o intentar que me la rebaje, ¿cómo debo plantar mi demanda? ¿Necesito abogado o procurador?

Gracias.
 
M
masivo
26/03/2009 19:19
gracias jucuru
efectivamente, según lo que he podido hasta oír hasta la fecha los tengo difícil.
 
J
JUCURU
25/03/2009 20:54
Hola

Lo tienes un poco complicado, si tus vecinos dadas tus circunstancias no quieren rebajartela, hay dos cosas que puedes mirar.

Una es tu escritura, la redacta el notario que es el que mejor conoce la Ley con los datos que aporta el constructor que es el que mejor conoce la realidad arquitectonica del edificio y es obligatorio fijar una cuota de participacion para los gastos adaptandola a los criterios establecidos en el articulo 5 de la LPH que son...
a) Tomando como base la superficie útil de cada piso o local en relación con la total del edificio.
b) Su emplazamiento (interior o exterior).
c) Su situación dentro del edificio. (Bajo, medio, atico)
d) El uso que racionalmente se presuma que va a hace el piso o local de los servicios y elementos comunes del edificio.(.)


Lo que ocurre es que en la mayoria de los casos esta cuota no se pone, solo viene el coeficiente de propiedad pero los criterios estan para aplicarse. En caso que diga algo la escritura y te beneficiase lo podrias reclamar puesto que lo tendrian todos firmado.

Si no consigues nada no te quedaria otra que ir al juzgado y esto es muy arriesgado, necesitas abogado y procurador y presentar datos tecnicos que puedas demostrar que los criterios establecidos en el articulo 5 no se han tenido en cuenta, que en tu caso podria ser los supuestos en a,c, y d.

Entrando en la pagina web del catastro puedes averiguar la superficie de todos los pisos.

Puedes estudiar lo que te he dicho, pero insisto que esto de las cuotas es complicadisimo y lo tienes mal.
 

Fin del hilo
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