La superficie util si esta entre los criterios que establece la Ley para la formacion de las cuotas, debes leer bien tu escritura por si el promotor las ha puesto en ellas, es lo que se debe cumplir, el promotor porque es el que mejor conoce la realidad arquitectonica del edificio y el notario el que mejor conoce la Ley.
El parrafo segundo del articulo 5 dice...
En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes .
Son estos cuatro criterios los que se tienen que tener en cuenta, imposible de determinar bien sin la ayuda de los tecnicos, por eso cuando las escrituras no dice nada y solo pone el coeficiente de propiedad, vienen muchas confusiones y se originan problemas gordos, en tu caso lo unico que podria cambiar las cosas es en el caso que tus escrituras tuvieran algo redactado, seria lo que todos tendrian firmado, en caso que no sea asi, tambien seria valida la formula que te han aplicado.