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josseluis
23/07/2009 09:46

Vocales

¿Es posible delegar el cargo de vocal o presidente en un portal?

3.421 lecturas | 4 respuestas
Los propietarios de un portal hemos nombrado a un vocal que es propietario, pero
actualmente le representa otra persona. Tengo entendido de que tanto los cargos
de vocal como el de Presidente, son personalísimos y no los pueden delegar
¿Es cierto?
 
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JUCURU
23/07/2009 10:07
El articulo 13, concreta algunas cosas por ejemplo.

2. El presidente será nombrado, entre los propietarios.....este cargo si esta claro que solo lo puede obstentar quien sea propietario, nadie mas.

El cargo de administrador en su caso, el de secretario y administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones.
En este caso del secretario y administrador si pueden ser perosonas que no sean propietarios, aunque deben tener cualificacion.

En cuanto a la asistencia a las juntas con voz y voto tambien puede delegarse en personas que no sean propietarios
 Artículo 15.
1. La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.

En vuestro caso al tratarse de una figura que no menciona la Ley, la de un vocal, en mi opinion no es contraria a la LEY.
 

Fin del hilo
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