Toda Junta tiene facultades para ratificar o rectificar acuerdos anteriores.No hay jurisprudencia alguna que impida que en una Junta se acuerde lo contrario que se decidió en una reunión anterior. Cada Junta tiene facultades para tratar y acordar lo que le parezca oportuno, siempre que reúna los requisitos correspondiente, entre ellos el quórum señalado legalmente, en este caso, las 3/5 partes.
Con respecto al tema del la llave, todas las cuestiones normales de funcionamiento, conservación y mantenimiento de servicios y elementos comunes que se plantean en la Comunidad, se adoptan por mayoría de la Junta, de ahí que la solicitud de colocar un bombín con llave en el ascensor, con independencia de que sea una buena idea, necesita que así se acuerde por la correspondiente asamblea de propietarios.
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