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M
moteo
02/02/2011 09:02

Mejoras en la urbanización con demanda pendiente

¿Se puede arreglar una sala con demanda pendiente contra la constructora?

4.364 lecturas | 14 respuestas

Buenos días,

Tengo una pregunta para el foro, por si alguien me puede solventar la duda.

Tenemos una demanda contra la constructora pendiente. Una de las cosas que tienen que arreglar son unas humedades que salen en una sala que tenemos debajo de la piscina. Esa sala ahora mismo es un gimnasio y hemos hablado de cambiar el uso de dicha sala a 'sala social' para reuniones, cumpleaños, etc.

El tema está en que hay vecinos que dicen que esa sala no se puede tocar hasta que el tema con la constructora no se resuelva, pero claro, llevamos ya unos cuantos años con éste tema y lo que no me parece muy bien es que no se pueda hacer ninguna mejora en la urbanización durante ese tiempo.

Resumiendo, la pregunta es si se podría arreglar dicha sala para poder usarla comodamente teniendo una demanda pendiente con la constructora y con qué condiciones se podrá tocar para que la demanda pendiente no se vea perjudicada.

Muchas gracias por las respuestas. Espero haberme explicado correctamente.

Marina.

 
daigual
daigual
09/02/2011 13:37

MACADI dijo:

Por si te sirve el artículo 11dice:

1.Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

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Creo que esto no está relacionado con el asunto a tratar.

 
M
MACADI
09/02/2011 12:55

Por si te sirve el artículo 11dice:

1.Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

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daigual
daigual
07/02/2011 19:56

En mi caso lo que se hizo sin conocimiento del juez, lo perdimos y peritaciones se hicieron más de una y de dos, y de tres, porque siempre había algo en lo que no se estaba de acuerdo, o con algún tipo de problemas.

 
iLopezF
iLopezF
07/02/2011 18:39

Buenas tardes Moteo,

 

Sí puede hacerse, siempre que todas las partes del pleito hayan realizado ya sus peritajes. Ahora bien, hay que seguir una serie de cautelas, que me imagino conocerá bien el abogado que lleva el pleito.

Un saludo,

Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
daigual
daigual
07/02/2011 11:38

El voto de todos es unanimidad, o así al menos lo denomina la ley. Actualmente la unanimidad es exigible en muy pocos casos, art. 17.

La cuestión no es como tu lo ves, sino como lo presenta la comunidad, así que si ellos lo presentan como necesario y crees que no lo es, hará falta el posicionamiento de profesionales que determinen realmente a que obedece tal obra.

Entiendo que ellos seguirán adelante con la obra y querrán que todos abonen las mismas, por ello tend´ras que hacer uso de tu postura en la junta y empezar a moverte rápido para realizar la impugnación una vez que recibas el acta.

 
DZG
DZG
07/02/2011 11:21

POR MAYORIA ABSOLUTA ENTIENDO LA TOTALIDA DE LOS VOTOS PRESENTES EN 2ª CONVOCATORIA,NO ENTIENDO MUCHO DE ESTOS TEMAS POR ESO PIDO SI ALGUIEN PUEDE AYUDARME.

LOS PUNTOS CREO QUE SON COMO MEJORA,PORQUE NO ENTIENDO QUE SEA NECESARIO EL CLIMATIZAR UNA PISCINA,O EL CAMBIAR UN CESPED NATURAL POR UNO ARETIFICIAL,IGUAL QUE ADAPTAR UNA ZONA COMUN PENDIENTE DE REALIZAR UN GIMNASIO Y UNA PISCINA  POR ACONDICIONARLA PARA DARLE UN USO,QUE NO ME PARECE MAL DARLE USO A ESE TERRENO,PERO HAY QUE CONSIDERAR QUE NO SON NECESARIOS,OTROS PUNTOS SI LOS VEO BIEN,UN SERVICIO INTEGRAL PARA AHORRAR COSTES,O EL TEMA DE LA ANTENA.

BUENO ,DE TODOS MODOS GRACIAS POR TU RESPUESTA,ESPERO RECIBIR ALGUNAS OPINIONES MAS.

 

 

 
daigual
daigual
07/02/2011 11:10

Tu que entiendes por mayoría absoluta?

Entiendo que se celebró en segunda convocatoria la junta, es así?

Con respecto a los puntos que mencionas, habría que ver que consideración hace la junta de ellos, si los presenta como necesarios o como mejoras.El art. 11 habla de esta cuestión. 

Impugnar significa acudir con abogado y procurador para defender un derecho y dependerá del juez el resultado final. 

Si te compensa o no, es algo que debes valorar tu mismo a la vista de todo lo que te va sucediendo y por supuesto basado en opiniones profesionales que estén documentadas en todo lo que está pasando realmente en su comunidad.

 
DZG
DZG
07/02/2011 10:03

BUENOS DIAS ,TENGO UNAS DUDAS RELACIONADA CON ESTE TEMA.

TENGO UN APARTAMENTO EN UNA URBANIZACION,EL PASADO DIA 29 DE ENERO SE COMBOCO UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA CON EL OBJETO DE APROBAR UNA SERIE DE ACCIONES,ENTRE ELLOS LOS SIGUIENTES:

1- APROBACION DE UN SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO,CON EL OBJETO DE AHORRAR EN LOS GASTOS DE COMUNIDAD. VOTACIONES 75, A FAVOR 65, EN CONTRA 0

2-iNSTALACION DE UNA ANTENA COMUNITARIA Y OTRA PARABOLICA PARA DAR SERVICIO A LOS 11 BLOQUES DE 4 PLANTAS (396 VIVIENDAS) DE LOS QUE CONSTA LA URBANIZACION Y DESCONECTARNOS DEL SERVICIO QUE NOS DA LA EMPRESA CREADA POR LA PROMOTORA PARA DAR SERVICIO DE INTERNET Y CANALES DE TV,QUE NOS COBRAN UNA CANTIDAD IMPORTANTE AL AÑO A TODA LA COMUNIDAD.

VOTACIONES : 75, A FAVOR 61 ,EN CONTRA 4

3- PONER CESPED ARTIFICIAL EN LAS ZONAS COMUNES(ACTUALMENTE ES CESPED NATURAL)

VOTACIONES : 75, A FAVOR 64, EN CONTRA 1

4-APROBAR ACLIMATAR UNA DE LAS DOS PISCINAS QUE HAY EN LA URBANIZCION,EN LAS ESCRITURAS  DE LA URBANIZACION FIGURAN DOS PISCINAS PERO SIN SER NINGUNA DE ELLAS CLIMATIZADA,CONSIDERO QUE ES UN COSTE INNECESARIO.

VOTACIONES : 75, A FAVOR 60, EN CONTRA 5

5-APROBAR EN UNA ZONA COMUN DE LA URBANIZACION  DONDE EN EL PROYECTO INICIAL DE LA URBANIZACION Y EN LA PUBLICIDAD ESTABA POYECTADO UNA TERCERA PISCINA Y UN GIMNASIO Y QUE POR MOTIVOS DE LA CRISIS SE QUEDO PENDIENTE DE REALIZAR,QUIEREN INSTALAR UNA ZONA CON PERGOLA,CASETA DE MADERA,,BANCOS Y MESAS  DE PICNIC,Y APARATOS DE GIMNASIA.

VOTACIONES : 75, A FAVOR 62, EN CONTRA 3

MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:DE TODOS ESTOS PUNTOS,Y SIENDO 396 APARTAMENTOS,VENDIDOS 186 VIVIENDAS,VOTACIONES 75,10 VOTOS NULOS POR CUOTAS PENDIENTES,Y EL RESULTADO SON LOS INDICADOS.

-PARA LA APROBACION DE ESTOS PUNTOS EN CUALES DE ELLOS SERIA NECESARIO LA MALLORIA ABSOLUTA?

-EN ALGUNOS DE LOS PUNTOS MI VOTO HA SIDO EN CONTRA COMO EL PUNTO 3,LA INSTALACION DE CESPED ARTIFICIAL POR SU ALTO COSTE,Y EN EL PUNTO 4 CLIMATACION DE UNA PISCINA,POR SU ELEVADO MANTENIMIENTO Y COSTE DE ACONDICIONAR LA PISCINA,DADO EL CASO QUE ACTUALMENTE SOMOS MUY POCOS VECINOS LOS QUE HABITUALMENTE VAMOS MES A MES.

YO EN ESOS PUNTOS SALVE MI VOTO,(POR ALGUNOS COMENTARIOS LEIDOS EN ESTE FORO)SI ME NIEGO EN ESTOS PUNTOS Y ELLOS DICEN QUE COMO HAY MALLORIA AUNQUE NO ES ABSOLUTA Y LLEVAN A CABO ESTOS PROYECTOS,QUE DEBERIA HACER?ESTARIA OBLIGADO AL PAGO DE ESAS CUOTAS O MANTENIMIENTO DE LOS MISMOS?

SEGUN HE LEIDO TENDRIA QUE IMPUGNARLOS,QUE TENDRIA QUE HACER? BUSCARME ABOGADO Y METERME EN LIOS DE JUICIOS?ME COMPENSARIA?

ESPERO VUESTRAS RECOMENDACIONES.

UN SALUDO

 

 

 
daigual
daigual
03/02/2011 10:49

A falta de una designación específica del elemento, no veo la necesidad de unanimidad para crear el servicio general.

 
M
moteo
03/02/2011 08:08

Gracias por las respuestas.

Daigual, hablaré con el presidente y el administrador para comentarles el tema y a ver si hay suerte y podemos hacer algo.

Respecto al cambio de uso, ya os contaré qué es lo que pasa, pero he consutlado las escrituras y no viene especificado el equipamiento de la urbanización. Dice que la casa tal está ubicada en una parcela de tantos m2 y listo, así que entiendo que por esa parte, al no estar especficado con las 3/5 partes ya es suficiente para cambiar el uso de la sala.

Un saludo,

Marina.


Editado por moteo 03/02/2011 8:08
 
optimizo
optimizo
02/02/2011 18:38

Independientemente de la demanda para cambiar una sala que era un gimnasion en la escrituras hace falta la unanimidad de los vecinos en virtud del artículo 17.1 LPH.

Si los vecinos compraron una casa con gimnasio está reconocido en el titulo constitutivo solo se puede cambiar por unanimidad y si actualmente algunos no estan de acuerdo no procede el cambio.

Un saludo

 
daigual
daigual
02/02/2011 16:25

El peritaje existe, pero la juez tiene que autorizar la modificación para que luego no haya problemas de si había tal o había cual. En nuestro edificio ocurrio algo así, y es por lo que te lo comento. Hablar con el abogado que lleva el caso para que se ponga en contacto con el juez y recordar siempre todo por escrito, que las palabras se las lleva el viento.

 
M
moteo
02/02/2011 14:22

Hola daigual, muchas gracias por la respuesta!

Esto es así, incluso si ha habido un peritaje de los desperfectos?

 
daigual
daigual
02/02/2011 13:08

Deben acudir al juzgado y comunicar sus intenciones, para que se les autorice a ello, de lo contrario corren el riesgo que la constructora encuentre una via de escape

 

Fin del hilo
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