Hola;
En nuestra comunidad de vecinos una de las lonjas quiere instalar unas claraboyas.
En los estatutos pone que puede instalarlas.
El techo de las lonjas, donde se instalarían esas claraboyas, son unas terrazas que tienen el uso de las mismas los primeros, siendo propiedad de la comunidad.
El vecino no quiere que se le instalen estas claraboyas ya que le suponen un perjuicio para el uso de la terraza, y según el art. 7 de la LPH no se puede perjudicar a un tercero.
Por lo que no sabemos quien tendría razón.
¿Tiene realmente derecho a instalarlas? Aunque cause este problema al usuario de las terrazas.
GRACIAS