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JIME
JIME
28/06/2011 12:19

AIRE ACONDICIONADO

Aire acondicionado en la fachada principal ¿qué puedo hacer?

105.377 lecturas | 32 respuestas

B uenos días, mi madre vive en un bajo (no hay terraza), a principios de año le pusimos mis hermanos y yo el aire acondicionado en el salón, y el aparato está fuera de casa al lado de su ventana del salón.

Ayer en una reunion ordinaria, los vecinos la exigieron quitarlo sino la denuncian, por estar el aparato en la fachada principal.

El caso es que hay otros vecinos que tienen puesto también los aparatos pero sus casas dan al lado opuesto, y se basan en que como ellos no son la fachada principal pueden ponerlo fuera  pero nosotros no.

Es que si no lo ponemos ahí, donde ponemos el aparato? si no tenemos más sitio?

Eso es legal? porque imagino que tendría que estar aprobado en junta no? Es que le pedí el libro d actas para fotocopiarmelo al presdiente y no me lo facilita, y creo que tengo el derecho a tener copias de todas las actas no?

GRACIAS.

 
Burofaxtor
Burofaxtor
07/07/2011 19:17

EStan buscando en la normativa equivocada. ESa que mencionas me la llevo ahora debajo del brazo para realizar unos ensayos de contaminación térmica justo ahora ; ))

 

la que necesitas es esta:

http://www.madrid.es/UnidadWeb/UGNormativas/Normativa/1985/Ficheros/ANM19853.pdf

a partir de la pág. 16...

Efectivamente, se debe colocar en cubierta, si se tratase de un edificio nuevo que obligatoriamente tiene que llevar preinstalación de a/a en cubierta. Sin embargo, no es vuestro caso dado que por ese motivo lo teneis que colocar uno en fachada y otros en el patio interior.

La ordenanza de contaminación por formas de energía es la que establece cuantifica unos valores máximos de emisión de ruido y calor, y es en la que nos fijamos los técnicos cuando se nos contrata para cuantificar si existe incumplimiento.

Suerte que llego tarde...

 

Fin del hilo
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