Hace falta más información para orientarte:
¿Tiene el edificio preinstalación de a/a?
Es decir, si el edificio cuenta con un hueco para meter los conductos de tu instalación a/a y colocar la unidad exterior en la azotea.
Si es así, la Comunidad no puede negarte colocar los equipos ahi. Si te lo han denegado en Junta de propietarios, consigue la copia del acta que es nula de pleno derecho.
Sería contratar a un abogado para llegar a un acuerdo amistoso con la cpp. De lo contrario, ir a juicio colocándolo de forma provisional en los patios los equipos. Les fundirás en juicio a la CPP.
Si no existe preinstalación de a/a, aunque por lo que dices parece que sí existe en el edificio la forma de subir arriba los equipos, veríamos otras formas.
Ten siempre en cuenta que si según distancias a huecos de ventana en función de la potencia instalada, la cumples, y no es visible ese patio desde la vía pública, puedes colocar los equipos ahi,justificadolo porque otros propietarios tambien lo tienen instalados. No se puede existir una discriminación ni un abuso de deerecho por parte de la Comunidad.
PD: Aunque no tenga nada que ver, comentarte que seas muy cuidadoso en la reforma del bar, en concreto con todas las medianeras, shunts de aseos, pasos de instalaciones, etc... que puedan ser vias de transmisión de olores a las viviendas o zonas comunes del edificio. Nos llegan muchas denuncias, que acaben siendo muy negativas para la actividad denunciada, que se pueden solucionar con escayola sellando todos los huecos para hacer que el falso techo sea estanco y no se transmitan olores posteriormente.
Ya me vas contando.