En las juntas de propietarios ordinarias, se aprueban o no las cuentas del año y se aprueban o no la previsión de gastos para el proximo ejercicio. De está última se saca la cuota que tiene que pagar cada propietario (teniendo en cuenta el coeficiente de su propiedad) tal vez en tu comunidad sean todos los pisos iguales o habéis llegado a otro acuerdo por UNANIMIDAD). ---------------------------------
Cuando se hace las previsiones de gastos para el siguiente año, hay hacerlo pensando en todo y un porcentaje para averias y además un 5% más como indica la ley. Si se hace así todos los años lo habitual es que en la cuenta de la comunidad vaya quedando algo de dinero todos los años.
-------------------------------
En la ley en su artículo 9 está escrito:
Son obligaciones de los propietarios
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
-----------------------------
Sobre lo que comentas del descuento del pronto pago, dudo de su legalidad, tampoco creo que funcione, lo único que tendrás morosos que deben más y cuando vayas al juzgado, tal vez el juez no vea bien lo del pronto pago. teniendo en cuenta que las cuotas a pagar se hacen teniendo en cuenta una previsión de gastos y los coeficientes.