Los estatutos no son obligatorios y además suelen dar más problemas que soluciones. Si quieren alguna norma, confeccionen normas de régimen interno, que no se tienen que registrar y no requieren la unanimidad para poder imponerlas.
Las escrituras, son primordiales para iniciar el proceso y no cuestan mucho, sólo tienen que acudir al registro e identificarse como propietario para que se las puedan entregar.