Buenas tardes,
Ningún acta puede contradecir lo que indican los Estatutos. Desde luego, entiendo al compañero que indicó que la cuota debía ser por porcentajes, porque es lo más justo, es decir, paga más el que más metros tiene.
Ignoro por qué los Estatutos contradicen ese principio fundamental. A veces, los estatutos contravienen la Ley de Propiedad Horizontal, y en ese caso, habría que impugnarlos.
La asignación de una cuota o coeficiente a cada piso o local y demás unidades independientes del edificio es imprescindible para la adjudicación de los gastos comunes, a cada uno, según su cuota. La suma de todas las cuotas debe dar 100 centésimas (100%), de forma que si se alterase el valor de una sola cuota, habría que acomodar las restantes para que el total de siempre 100 centésimas. Para la determinación de la cuota, no se hace arbitrariamente, sino que se tiene en cuenta la superficie de cada unidad independiente.
Es posible que los Estatutos los creara el promotor, en su afán de contentar a todo el mundo, con tal de vender los pisos. No es normal que existiendo una proporción diferente, se ponga igual cuota. Por tanto, entiendo que es normal que los vecinos "perjudicados" tomen medidas. ¿Cómo tenían estipuladas las cuotas antes de que llegase el administrador o gestor?
Si necesita alguna cosa más, puede ponerse en contacto conmigo con los datos que figuran al pie de firma.
Saludos cordiales,