Voy a comprar una vivienda y firmaré la escritura de compraventa el 23 de noviembre. A partir de esa fecha la vivienda será de mi propiedad. Los gastos de comunidad de la vivienda son trimestrales, por lo que en Enero de 2012, me llegará el recibo con los gastos correspondientes a Octubre, Noviembre y Diciembre de 2011. ¿Yo tendría que pagar la totalidad de los gastos de comunidad, o solamente una parte proporcional porque la vivienda ha comenzado a ser propiedad mía solamente la última semana de Noviembre y el mes de Diciembre? ¿Si solamente tengo que pagar la parte proporcional se lo tendría qué indicar al administrador para que me girara un recibo con solamente una parte de los gastos, y para el resto de los gastos de Octubre y una parte de Noviembre se tendría que poner el Administrador en contacto con el vendedor?