Buenas tardes,me dirijo a este foro para realizar la siguiente consulta:
en mi comunidad hay dos vecinos morosos por lo que hemos procedido a reclamarle la deuda de 1500 y 400 euros respectivamente,la semana pasada tuvo lugar la junta ordinaria anual donde se aprobo la liquidacion de la deuda para iniciar proceso monitorio pero hoy me he dado cuenta que hemos reclamado dicha deuda a traves de correo ordinario y no certificado y que en el caso del vecino que debe los 400 euros existe un error en la cantidad siendo inferior,en concreto asciende a 312,mis dudas son las siguientes:
puedo iniciar el proceso monitorio sin haber subsanado este error de cantidad en la comunicacion de la deuda y supone algun inconveniente que lo haya hecho por correo ordinario en vez de certificado?como continual el proceso?gracias