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C
carlore6
20/12/2011 10:38

negacion voto en Junta por no pagar 20%recargo

¿Es legal el recargo del 20% en mi comunidad por pagar después del día 10?

6.003 lecturas | 10 respuestas

Buenos días,soy propietaria de una comunidad un poco extraña,por no decir otra cosa,en una Junta se aprobó  el recargo del 20%para todos aquellos vecinos que no pagaran sus cuotas como fecha limite el dia 10 de cada mes,es decir el dia 11 se ingresa la cuota y ya te recargan el 20%,este acuerdo me parece bastante abusivo y creo que esto es ilegal;en mi caso he ingresado todos los meses sin faltar uno pero ha habido dos meses que he hecho la transferencia el dia 11(ya que el dia 10 era domingo),a la comunidad por consiguiente le llega el dia 13 o 14,me quieren cobrar el recargo y lo que es mas fuerte es que me niegan el voto si no hago el ingreso,lo pueden hacer?  he leido en internet que los recargos que se pueden acordan no pueden ser superiores al precio del dinero en vigor,es cierto?tiene una comunidad el poder de recargar esa cantidad tan elevada?tengo que abonarlo si quiero votar?me interesa mucho votar ya que parece ser que se van a tomar acuerdos bastante abusivos.Muchas gracias y agradeceria respuesta

 
V
vecinadelprimero
21/12/2011 18:13

Si es que este forero da una de cada cien, y lo único que hace es liar a la gente que entra al preguntar sus dudas. Escribe para hacer ranking, no veo otro motivo y no es consciente del daño que hace con sus comentarios erróneos y sin fundamentos.  Vayase Sr. pasacero, vayase de una vez y deje de engañar a la gente.

 
P
PEPE123
21/12/2011 17:55

pasacero dijo:

 En los asuntos que requieran unanimidad, el moroso tiene derecho a voto.
En los demás asuntos, para considerar que es moroso. El administrador debe cerrar ejercicio o al menos a día de fecha de reunión. Si en ese cierre, la cantidad resultante en esa vivienda, da números rojos, es moroso, si no, na de na por mucho que nos empeñemos.
Explicado de otra forma como se me ha pedido.
 

 

A ver Pasacero, lo que dices del saldo no tiene ningún sentido. La comunidad puede tener una "gran" cantidad de dinero, porque está pendiente de pago una obra, por ejemplo, con lo que el saldo de cada propietario sería alto, pero si debe un recibo es moroso.

Lo que cuenta son las cuotas (ordinarias, extraordinarias, recargos, etc), aprobadas en junta. Si hay alguna no pagada es moroso.

 
V
vecinadelprimero
20/12/2011 14:58

jacoba dijo:

Aclaremos y no liemos.

Una persona que debe dinero a la comunidad, no tiene derecho a voto, sea por causa justificable, o injustificable como es este caso.

En la convocatoria, debe indicar que usted es moroso, y que no tiene derecho al voto según el artículo (el que sea) de la LPH.

Que votó usted cuando se acordó ese abusivo "impuesto revolucionario"?

Vaya al juzgado y deposite el dinero y podrá votar

 

 

De eso se trata de no liar al personal, así que en qué quedamos en que sí o en que no, porque empiezas diciendo que no y acabas diciendo que si.

Si es moroso no podrá votar, pero puede tener opción a la impugnación en los casos que marca la ley.

 
M
MACADI
20/12/2011 14:39

Lo que yo haría es preparar un escrito para entregar mañana al Presidente y al secretario/administrador, y que le firmen el recibí,  y advirtiendoles que en caso de que no contabilicen su voto, te verás obligado a denunciarles a ellos dos por ser los que te están privando de un derecho.

Las juntas de propietarios de una comunidad apenas tienen competencias, ni pueden legalizar nada prohíbido, ni pueden prohíbir nada legal. en las juntas de vecinos no se modifican ni leyes, ni ordenanzas municipales,...... 

 
C
carlore6
20/12/2011 13:30

Yo vote en contra,pero una cosa que no se si he dicho es que el retraso es de 2 dias ya que el dia 10 que es el ultimo dia para ingresar era fiesta y los bancos estaban cerrados(la cuota no la tengo domiciliada),pero hay algo mas,algunos meses hemos ingresado mas dinero de cuota ordinaria(la cuota es 101,61 y algunos meses se ingresaba 102 ó 103)estos euros que sobraban el Administrador me los ha ido liquidando en el 20%,creo y perdonad mi ingenuidad no lo pueden hacer,gracias de antemano

 
J
jacoba
20/12/2011 13:21

Aclaremos y no liemos.

Una persona que debe dinero a la comunidad, no tiene derecho a voto, sea por causa justificable, o injustificable como es este caso.

En la convocatoria, debe indicar que usted es moroso, y que no tiene derecho al voto según el artículo (el que sea) de la LPH.

Que votó usted cuando se acordó ese abusivo "impuesto revolucionario"?

Vaya al juzgado y deposite el dinero y podrá votar

 
V
vecinadelprimero
20/12/2011 13:16

carlore6 dijo:

gracias por tu ayuda,pero la junta es mañana y mi pregunta es la siguiente,puedo exigir que me dejen votar o tendría que impugnar la Junta y los acuerdos en ella?

 

 

Exigir se puede exigir, que tengas derecho o no dependerá de las circunstancias que rodeen al asunto. Lo que debio impugnar en su momento fue el acuerdo del recargo del 20% y aún lo puede hacer si está dentro del plazo. Las juntas no se impugnan, lo que se impugnan son los acuerdos y para impugnar necesita de abogado y procurador.

Cuando asista a la junta deje claro que el porcentaje de mora por cuotas es abusibo y que tienen que modificarlo o quitarlo o de lo contrario acudirá a los tribunales. Si amenaza con ello, debe tener intenciones de hacerlo, de lo contrario mejor que no lo haga.

En los acuerdos que crea le van a perjudicar, la mejor opción es que salve su voto, caso de que le dejen votar para reservarse el derecho a la impugnación. Necesita de un abogado, no de un consejo,

En su comunidad hay administrador profesional?

 
C
carlore6
20/12/2011 13:07

Disculpame pero te agradeceria me lo explicaras de otra manera

 
C
carlore6
20/12/2011 12:34

gracias por tu ayuda,pero la junta es mañana y mi pregunta es la siguiente,puedo exigir que me dejen votar o tendría que impugnar la Junta y los acuerdos en ella?

 
V
vecinadelprimero
20/12/2011 11:44

Claro que se pueden acordar sanciones, pero no de cualquier forma, hay que hacerlo dentro de la ley, pero este forero es que no acierta una, y va dando palos de ciegos por todos los foros sin ton ni son.

A preguntas iguales da respuestas diferente según el foro e imagino según su estado de ánimo, en fín un desastre. Vayase Sr. pasacero, vayase de una vez.

Contra un acuerdo ilegal hay que actuar e impugnarlo, de lo contrario el acuerdo reflejado en acta será válido salvo casos especiales. El 20% de recargo no es legal. Esta cantidad varia anualmente pero que yo sepa nunca ha llegado tan alta. Para su caso, sería conveniente que consigne la deuda en el juzgado explicando el porque lo hace y tome acciones legales. Mientras está haciendo esto no te pueden prohibir votar por moroso. Necesitas ayuda de un abogado si quieres hacer las cosas bien.

 

Fin del hilo
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