El ascensor le paga el propietario. El hecho de que la renta sea baja no obliga al inquilino a cargar con los gastos por derramas. La puesta de un ascensor, el arrreglo del tejado, bajantes o de mas mejoras o arreglos de zonas comunes corresponden al PROPIETARIO. Lo recoge el codigo civil y la LPH. Salvo que haya pactado lo contrario con el inquilino en su contrato, cosa que dudo mucho.