En tu escritura, hay una parte casi al final, tras la descripción del bien, que pone algo parecido a régimen jurídico de la finca, que suele iniciarse con algo parecido a "la finca se regirá por la Ley de Propiedad Horizontal..." . aquí se establece como se deben pagar los gastos de la comunidad y también se hace constar si hay un estatuto aprobado.
Con estos datos sabrás como has de pagar la comunidad, si por coeficiente o por partes iguales, recuerda que tu escritura está firmada por ti y por tanto aceptada, si no consta en escritura cualquier estatuto aprobado en comunidad no es vinculante frente a terceros y se puede exigir el cumplimiento de lo redactado en la escritura. pero puede que te toque pagar por partes iguales.
También debes tener en cuenta que el garaje puede que se gestione de forma autónoma (subcomunidad), y que por tanto no te enteres de los pagos y gastos del mismo. (puedes comprobarlo si en la liquidación de gastos aparece alguna partida de garaje).
Con respecto a lo de la antena, no se puede hacer un uso privativo de elementos comunitarios sin el consentimiento unánime de la finca. otro cantar es que de servicio a algún propietario, que entonces la cosa se complica mucho.