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J
jobac
29/07/2012 16:13

Mejoras sin autorización

Reparaciones que puede abordar el presidente sin necesidad de autorización de junta

27.909 lecturas | 9 respuestas

Hola,

En mi comunidad el presidente ha hecho contrataciones de dos tipos:

1.- Cesar a la empresa de mantenimiento y limpeza sin ni siquiera presentar presupuesto a la junta de vecinos, decidiendo él con los vocales cual es la mejor oferta y contratándola. Este es el caso de mantenimiento y limpieza de la comunidad que significa el 26% del presupuesto.

2.- Mejoras y reparaciones sin que sean aprobadas por la junta de vecinos como reparar una pista de petanca o comprar columpios para los niños.

¿El presidente puede decidir cual el mejor presupuesto sin que lo elija la junta de vecinos? ¿Que tipo de reparaciones puede abordar el presidente si necesidad de una autorización previa de la junta?

Muchas gracias.

 
J
jobac
06/08/2012 11:34

BettyBoop78 jajaja Ay esas madres... Jajaja Por supuesto la seguridad es un asunto vital... Aunque creo que con los niños no estemos seguros. El caso de los columpios no se trataba de una reparación fue la adquisición de nuevos mobiliarios. :D

Ya he hablado con el presi y le he explicado que no me opongo a las mejoras, lo que me opongo es a que no las decida la junta. Como bien dices en un post anterior existe una aprobación de presupuesto y un plan de gasto, ahí se pueden añadir todas las mejoras que se quieran hacer y ser votadas. Con ese pequeño esfuerzo de previsión el presidente queda legitimado y sólo tendría que atajar pequeñas reparaciones no previstas o urgentes.

Gracias.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
05/08/2012 23:24

jobac dijo:

Hola,

En mi comunidad el presidente ha hecho contrataciones de dos tipos:

1.- Cesar a la empresa de mantenimiento y limpeza sin ni siquiera presentar presupuesto a la junta de vecinos, decidiendo él con los vocales cual es la mejor oferta y contratándola. Este es el caso de mantenimiento y limpieza de la comunidad que significa el 26% del presupuesto.

2.- Mejoras y reparaciones sin que sean aprobadas por la junta de vecinos como reparar una pista de petanca o comprar columpios para los niños.

¿El presidente puede decidir cual el mejor presupuesto sin que lo elija la junta de vecinos? ¿Que tipo de reparaciones puede abordar el presidente si necesidad de una autorización previa de la junta?

Muchas gracias.

 



Con respecto a lo primero... cese, se debería aprobar en junta de propietarios.
Mejoras y reparaciones: a lo mejor para ti no es importante unos columpios para los niños... pero para esas madres.... ahi esas madres como se clave un tubo un niño te vas a acordar de esas madres.
(XDDD)

A ver, si se consideran obras de necesidad - y créeme que tener unos columpios en buen estado se puede considerar de necesidad - lo aconsejable es reunión pero la junta directiva tiene potestad.
No obstante, lo correcto sería que el cambio se acuerde en la junta, las obras de mantenimiento tb. y todo esté presupuestado. Pero puede darse el caso de que se den imprevistos que no se hayan tenido en cuenta.

No obstante, si no estáis varios de acuerdos hacer reunión extraordinaria con cuota del 25% de representación de la comunidad total.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
05/08/2012 23:17

pasacero dijo:

Hay mi madre, como la mayoría y como es mi caso, sean viudas con una pensión ridícula, estamos apañados. Lo necesario si o si. Ni eso, remiendo tras remiendo, apaño tras apaño, y no terminan de darse cuenta que así se gasta más. Pero como son mayoría ajo y agua.

  A veces el presidente debe actuar en contra de la mayoría y que impugnen si quieren.   

 



Vamos a ver... si son obras necesarias par el funcionamiento de la comunidad (por ejemplo: rotura de una bajante, rotura de la puerta de garaje o las puertas, rotura de la piscina etc.) la junta directiva tiene potestad suficiente para el arreglo de las mismas en base a que se ha delegado en ellos...

Puntualizaciones: se realiza unos presupuestos que se aprueban - normalmente con el cambio de junta directiva - pues ahí se tiene que poner los arreglos que se quieren acometer ese año.
Además se tiene un fondo de reserva que es como mínimo el 5% de lo presupuestado, y puntualizo mínimo. Que en caso de necesidad se puede utilizar.
Y por otra parte, por obras de mejora (no necesarias) se puede solicitar hasta tres cuotas de lo que se paga mensualmente como derrama.

Ahora bien, eso es lo legal... otra cosa es que exista una serie de morosos - desgraciadamente, cada día más por la situación en que se está - y que no pueda cubrir esos pagos...
Mi experiencia me ha demostrado que los que no quieren pagar porque no quieren pagar, cuando ven que se va a juicio y se enfrentan a perder la casa hacen pago...
Y hay otras personas que no pagan porque no pueden... pero van haciendo pagos poco a poco y se hacen acuerdos en la comunidad (por ejemplo, mantenimiento... limpieza... etc.) con lo cual van disminuyendo su deuda.

 
P
PEPE123
31/07/2012 19:35

pasacero dijo:

Bien. ¿Y que me cuenta Ud, de los vecinos que sin ser morosos, como económicamente están a dos velas, sistemáticamente se oponen  a todo? Y que pasa si estos vecinos superan el 50%.

¿Que no se hace nada?

 

Efectivamente, si el 50% (o los 3/5 según de qué se trate) no quieren hacer nada, NO SE HACE NADA. (**)

Totalmente legal

Son los inconvenientes de vivir en comunidad, que la mayoría manda.

(**) Cuidado,los mantenimientos necesarios para mantener la comunidad en buen estado, etc, etc hay que hacerlos, sí o sí.

 
J
jobac
31/07/2012 15:22

Pasacero personalmente no considero que estar a dos velas sea un delito. Es más si cumplen con sus obligaciones de pago es de alabar su esfuerzo y creo que es responsable no gastarse lo que no se tiene. ¿No entiendo el problema?

Otra cosa es que no quiera cumplir con su obligación de un adecuado mantenimiento, cosa que obliga la LPH y si un vecino "con pasta" se ve perjudicado puede impugnar el acta. Ese recurso esta en la LPH.

Me resulta impresentable que alguien quiera imponer su voluntad y no respetar el derecho a un propietario a ejercer su voluntad conforme a lo que es suyo. Si ese vecino ttiene pasta que se compre un chalet individual y que haga lo que quiera.

 
J
jobac
31/07/2012 15:15

Muchas gracias contadora. Quería saber mis derechos y tener claras mis opciones. En este caso he quedado con el presidente para que me explique que ha hecho y que quiere hacer por mi parte voy a aceptarle todo lo que haya hecho porque siempre ha actuado con buena voluntad. Lo que quiero es indicar que su deber es atenerse a la voluntad de la junta y no meterse en camisas de 11 varas.

Había abierto otro foro porque me preocupaba la validez legal de sus actuaciones y si podría tener alguna consecuencia, ya que como copropietario me preocupaba mi responsabilidad subsidiaria. Más o menos la conclusión es la misma mala praxis del presidente.

 
C
contadora
31/07/2012 12:30

Yo enviaría lo antes posible un burofax al Presidente indicándole que no puede proceder a realizar obras ni nuevas instalaciones sin haber sido aprobadas por la comunidad y reflejadas en acta.

Si insiste en hacerlo, hablaría con otros vecinos que supongas opinan lo mismo que tú y si llegais al 25% convocais una reunión extraordinaria para tratar el tema.

Otra opción sería, cuando presente la cuenta de gastos del ejercicio, en la reunión anual, no la aprobéis si figuran gastos no aprobados en junta, que figure en acta vuestro voto en contrario, y si por mayoría se aprueba la cuesta de gastos, consultad con un abogado para impugnar ese acta.

 
J
jobac
29/07/2012 22:18

Muchas gracias contadora. Es lo que temía, en mi comunidad el presidente, los vocales y el administrador contratan lo que los da la gana. No es que me oponga a las mejoras pero no quiero que cuatro decidan lo que hay que hacer con mi dinero.

Estaba preocupado porque he oído la intención de elevar el muro de la comunidad y poner una antena parabólica para los ingleses.

Y si las obras ya las han hecho y las han pagado con el presupuesto ordinario, ¿Que puedo hacer?

 
C
contadora
29/07/2012 19:05

El Administrador sólo puede acometer las obras que, por su mínima cuantía (cambiar cristal de una ventana de la escalera, etc.) o urgencia (rotura de una tubería o bajante) no sea posible esperar a la celebración de una reunión de la Junta. En todo caso, deberá informar de la reparación efectuada, informando de la misma al Presidente o a los propietarios.

Se entiende que lo anterior es válido para reparaciones, no para nuevas instalaciones. El Presidente no puede autorizar ninguna innovación ni firmar la aprobación de presupuestos no sometidos y aprobados por la Junta de Propietarios.

 

Fin del hilo
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